Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040100)
Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.
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NÚMERO 116
Lunes 19 de junio de 2023
38117
j) Comprometerse a no causar daños significativos al medio ambiente con la ejecución del
proyecto y a exigir ese mismo compromiso a los subcontratistas con los que pudiera
concertar parte de su ejecución.
k) Los bienes de equipo e instrumental adquiridos con cargo a la subvención para la ejecución del proyecto que sean inscribibles en un registro público deberán mantenerse en la
empresa durante al menos cinco años, mientras que los no inscribibles se mantendrán
al menos dos años.
2. La rendición de cuentas al Tribunal de Cuentas u órgano de control externo de la Comunidad Autónoma de Extremadura de los perceptores de subvenciones, a que se refiere el
artículo 34.3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas,
se instrumentará a través del cumplimiento de la obligación de justificación al órgano concedente o entidad colaboradora, en su caso, de la subvención.
Artículo 22. Obligaciones como beneficiario de una ayuda FEDER.
1. L
a pyme beneficiaria tendrá, asimismo, las siguientes obligaciones en relación con la financiación del Fondo FEDER:
a) Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las actuaciones, contando al menos con una codificación contable adecuada
que permita identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad.
b) Conservar la documentación original, incluidos los documentos electrónicos, justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos. Esta documentación
será custodiada por la empresa durante 5 años a partir del 31 de diciembre del año en
que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario. (artículo 82, del Reglamento UE 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio).
c) Serán responsables de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las actuaciones
subvencionadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de cada actuación y de los hitos y objetivos que se hayan establecido al respecto.
d) Deberán establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos terceros aporten la
información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores
de seguimiento del Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Asimismo, quedan obligadas
a ofrecer información sobre el proyecto y los resultados que pudieran ser solicitados
desde la Administración concedente mediante encuestas u otros procedimientos, con
Lunes 19 de junio de 2023
38117
j) Comprometerse a no causar daños significativos al medio ambiente con la ejecución del
proyecto y a exigir ese mismo compromiso a los subcontratistas con los que pudiera
concertar parte de su ejecución.
k) Los bienes de equipo e instrumental adquiridos con cargo a la subvención para la ejecución del proyecto que sean inscribibles en un registro público deberán mantenerse en la
empresa durante al menos cinco años, mientras que los no inscribibles se mantendrán
al menos dos años.
2. La rendición de cuentas al Tribunal de Cuentas u órgano de control externo de la Comunidad Autónoma de Extremadura de los perceptores de subvenciones, a que se refiere el
artículo 34.3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas,
se instrumentará a través del cumplimiento de la obligación de justificación al órgano concedente o entidad colaboradora, en su caso, de la subvención.
Artículo 22. Obligaciones como beneficiario de una ayuda FEDER.
1. L
a pyme beneficiaria tendrá, asimismo, las siguientes obligaciones en relación con la financiación del Fondo FEDER:
a) Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las actuaciones, contando al menos con una codificación contable adecuada
que permita identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad.
b) Conservar la documentación original, incluidos los documentos electrónicos, justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos. Esta documentación
será custodiada por la empresa durante 5 años a partir del 31 de diciembre del año en
que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario. (artículo 82, del Reglamento UE 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio).
c) Serán responsables de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las actuaciones
subvencionadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de cada actuación y de los hitos y objetivos que se hayan establecido al respecto.
d) Deberán establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos terceros aporten la
información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores
de seguimiento del Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Asimismo, quedan obligadas
a ofrecer información sobre el proyecto y los resultados que pudieran ser solicitados
desde la Administración concedente mediante encuestas u otros procedimientos, con