Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040100)
Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.
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NÚMERO 116
Lunes 19 de junio de 2023

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cronograma presentados en la fase de solicitud de la ayuda y que sirvió de base
para la aprobación del proyecto. Deberá incorporar una descripción adecuada de los
trabajos y pruebas realizadas, así como de los resultados que se han obtenido.


iv) Memoria económica sobre gastos y pagos realizados hasta la liquidación parcial, que
recogerá el desglose económico de cada actuación realizada, la descripción de los
trabajos y número de horas realizadas por el personal imputado por la beneficiaria
conforme a los partes de trabajo emitidos al efecto y los trabajos realizados por
centros de investigación o empresas con las que se haya podido contratar alguna
prestación para la ejecución del proyecto, justificación acerca de la forma en que se
ha determinado el precio de mercado para gastos cuya cuantía sea igual o superior
a 3.000€ (opciones de proveedores que se han valorado, enlaces a web de empresas
que prestan el mismo o idéntico servicio al que se ha elegido, etc.).



v) Cuenta justificativa sobre todos los gastos asumidos, pagos abonados y sobre cumplimiento del plazo de pago a proveedores por parte de la empresa beneficiaria
según Ley 3/2004, de 29 de diciembre; que se realizará mediante Informe de auditoría referido a las inversiones de la justificación parcial presentada. Dicho informe
será emitido y firmado por un auditor inscrito en el ROAC, conforme a las normas
de actuación recogidas en la Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo, por la que
se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de
los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en el ámbito del
sector público estatal previstos en el artículo 74 del Reglamento de la Ley General
de Subvenciones. El informe tendrá el contenido y estructura del anexo XV de este
decreto

Al informe de auditoría deberá acompañarse archivo electrónico comprensivo de las
facturas y su documento de pago, ordenados por la fecha de emisión de la factura,
recibos de salarios abonados al personal, documentos de cotización a la Seguridad
Social y de los documentos justificativos de su abono.


vi) Cuando el importe de gasto subvencionable por un mismo bien o un servicio supere
las cuantías establecidas en la legislación de Contratos del Sector Público para el
contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación del servicio o la entrega del
bien, salvo que por sus especiales características no haya otra empresa que realice
o preste el servicio o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la
subvención. Estos presupuestos o facturas proforma, que estarán referidos al mis-