Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040100)
Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.
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NÚMERO 116

38106

Lunes 19 de junio de 2023

CRITERIOS

Puntuación

Ponderación

Nota máxima
de subcriterio

E. Impacto socioeconómico

Nota máxima
de criterio
20

E.1 Creación de empleo

0-5

1

5

E.2 Contratación de jóvenes
menores de 30 años

0-5

1

5

E.3 Contratación de mujeres

0-5

1

5

E.4 Empresas calificadas como
socialmente responsables en
Extremadura. Ley 15/2010 de 9
de diciembre

0o5

1

5

TOTAL

20

4. L
 a evaluación se realizará, exclusivamente, sobre la información aportada por el solicitante
en la fase de admisión de solicitudes. En consecuencia, los documentos probatorios de la
puntuación que pretendan obtener en los criterios del apartado 3.d) de este artículo, a los
que se refiere el apartado 11.1.c) de este decreto, sólo se tendrán en consideración cuando
hayan sido aportadas correctamente por la pyme junto con la solicitud.
Artículo 17. Propuesta y resolución.
1. D
 e conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, será competente
para la concesión de las subvenciones reguladas en este decreto la persona titular de la
Secretaría General de la Consejería con competencias en materia de Ciencia y Tecnología.
La propuesta de resolución, que no podrá apartarse el informe vinculante de la comisión de
valoración, será emitida por la persona titular del órgano instructor.
2. La resolución emitida indicará la pyme a la que se concede o se deniega la subvención,
con expresión del nombre o razón social, su número de identificación fiscal; la existencia
de financiación con cargo a fondos de la Unión Europea; el porcentaje de cofinanciación; la
puntuación obtenida; la cuantía de la subvención; plazo de ejecución para la realización del
proyecto y las condiciones a las que se encuentra sometida la beneficiaria.
La resolución no pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse
recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería con competencias en materia de
ciencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación de acuerdo