Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062306)
Resolución de 8 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la cesión de uso de la aplicación informática para la valoración de la discapacidad.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 114
Jueves 15 de junio de 2023
37462
Octava. Comisión de Seguimiento.
1. L
a organización y supervisión de las actividades derivadas del presente Convenio será
ejecutada por las partes que intervienen en el mismo quienes a efectos de lo establecido
en el apartado siguiente informarán a una Comisión Mixta constituida como Comisión de
Seguimiento del convenio.
2. L
a Comisión de Seguimiento actuará con funciones de vigilancia, interpretación y cumplimiento de lo pactado así como de evaluación del cumplimiento de los recíprocos compromisos asumidos por las partes firmantes
3. L
a Comisión se regirá en su funcionamiento por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y su composición, que será paritaria, estará integrada
por los siguientes miembros:
Por parte del Imserso:
— Dos representantes designados por el Imserso.
Por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
— Dos representantes designados por la consejería competente en materia de servicios
sociales.
Los cargos de presidente y secretario se designarán por la propia Comisión de Seguimiento
de forma rotatoria.
4. L
as funciones asignadas a la Comisión de Seguimiento se entienden sin perjuicio de las
competencias del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y de la Comunidad Autónoma
de Extremadura en la ejecución de lo establecido en el presente convenio.
Novena. Vigencia.
El presente convenio tiene vigencia de cuatro años pudiendo prorrogarse, en cualquier momento antes de su finalización, por el mismo periodo por acuerdo expreso de las partes.
Conforme a lo indicado en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos
de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima.
Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el “Boletín
Jueves 15 de junio de 2023
37462
Octava. Comisión de Seguimiento.
1. L
a organización y supervisión de las actividades derivadas del presente Convenio será
ejecutada por las partes que intervienen en el mismo quienes a efectos de lo establecido
en el apartado siguiente informarán a una Comisión Mixta constituida como Comisión de
Seguimiento del convenio.
2. L
a Comisión de Seguimiento actuará con funciones de vigilancia, interpretación y cumplimiento de lo pactado así como de evaluación del cumplimiento de los recíprocos compromisos asumidos por las partes firmantes
3. L
a Comisión se regirá en su funcionamiento por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y su composición, que será paritaria, estará integrada
por los siguientes miembros:
Por parte del Imserso:
— Dos representantes designados por el Imserso.
Por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
— Dos representantes designados por la consejería competente en materia de servicios
sociales.
Los cargos de presidente y secretario se designarán por la propia Comisión de Seguimiento
de forma rotatoria.
4. L
as funciones asignadas a la Comisión de Seguimiento se entienden sin perjuicio de las
competencias del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y de la Comunidad Autónoma
de Extremadura en la ejecución de lo establecido en el presente convenio.
Novena. Vigencia.
El presente convenio tiene vigencia de cuatro años pudiendo prorrogarse, en cualquier momento antes de su finalización, por el mismo periodo por acuerdo expreso de las partes.
Conforme a lo indicado en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos
de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima.
Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el “Boletín