Ayuntamiento De Valdelacalzada. Información Pública. (2023080997)
Anuncio de 25 de mayo de 2023 sobre exposición pública de las modificaciones realizadas a la aprobación provisional del Plan General Municipal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 113
Miércoles 14 de junio de 2023
37186
y en los recursos de abastecimiento y saneamiento, así como la adecuación de la nueva
propuesta de suelos urbanizables de uso residencial a la nueva previsión de crecimiento
poblacional.
2. E
n el suelo no urbanizable se adaptan las distancias de las edificaciones a linderos y a caminos a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial
y urbanística sostenible de Extremadura.
Como consecuencia de estos cambios se modifican los siguientes artículos de la normativa
urbanística estableciendo un retranqueo de las edificaciones de 3 metros a linderos y 5 metros caminos:
Título III. Ordenación de carácter estructural. Capítulo 2. Condiciones edificatorias del
suelo no urbanizable. Artículos 24, 41,42, 43, 44, 46, 47, 48.
3. S
e modifica la calificación de dos parcelas en suelo urbano.
Recientemente el Ayuntamiento ha adquirido la parcela sita en el n.º 8 de la calle Ronda del
Sur que el PGM aprobado provisionalmente califica con uso industrial. Es deseo del Ayuntamiento modificar la calificación de esta parcela a espacios libres (1.785 m2) y equipamiento
cultural (3.302 m2). Igualmente el Ayuntamiento desea cambiar la calificación de la parcela
de su propiedad sita en el n.º8 de la calle Pedro González Acedo de espacio libre a residencial, quedando compensada esta disminución de la superficie de espacios libres (614 m2)
con la incorporación al sistema de espacios libres de los 1.785 m2 de la parcela anterior.
Esta modificación afecta únicamente al plano OD1.
Por tanto, los técnicos de la OTUDTS Vegas Bajas y Lácara-Los Baldíos se han encargado
únicamente de incorporar al documento las modificaciones requeridas por el Ayuntamiento
descritas en los puntos anteriores, sin entrar a valorar la idoneidad de la ordenación técnica
y jurídica propuesta por los anteriores equipos que han intervenido en la redacción del PGM
de Valdelacalzada.
De acuerdo con el artículo 77.2.3 de la LSOTEX las cambios incorporados al documento constituyen modificaciones sustanciales de las determinaciones pertenecientes a la ordenación
estructural por lo que deberá someterse a un nuevo periodo de información pública por periodo de 45 días, siendo sólo necesario someter nuevamente a información pública aquellas
cuestiones que hayan sufrido en concreto las modificaciones y no todo el contenido del plan.
Que dichas modificaciones a la aprobación provisional del Plan General Municipal, se consideraron necesarias para conseguir un desarrollo urbanístico sostenible del suelo urbanizable
Miércoles 14 de junio de 2023
37186
y en los recursos de abastecimiento y saneamiento, así como la adecuación de la nueva
propuesta de suelos urbanizables de uso residencial a la nueva previsión de crecimiento
poblacional.
2. E
n el suelo no urbanizable se adaptan las distancias de las edificaciones a linderos y a caminos a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial
y urbanística sostenible de Extremadura.
Como consecuencia de estos cambios se modifican los siguientes artículos de la normativa
urbanística estableciendo un retranqueo de las edificaciones de 3 metros a linderos y 5 metros caminos:
Título III. Ordenación de carácter estructural. Capítulo 2. Condiciones edificatorias del
suelo no urbanizable. Artículos 24, 41,42, 43, 44, 46, 47, 48.
3. S
e modifica la calificación de dos parcelas en suelo urbano.
Recientemente el Ayuntamiento ha adquirido la parcela sita en el n.º 8 de la calle Ronda del
Sur que el PGM aprobado provisionalmente califica con uso industrial. Es deseo del Ayuntamiento modificar la calificación de esta parcela a espacios libres (1.785 m2) y equipamiento
cultural (3.302 m2). Igualmente el Ayuntamiento desea cambiar la calificación de la parcela
de su propiedad sita en el n.º8 de la calle Pedro González Acedo de espacio libre a residencial, quedando compensada esta disminución de la superficie de espacios libres (614 m2)
con la incorporación al sistema de espacios libres de los 1.785 m2 de la parcela anterior.
Esta modificación afecta únicamente al plano OD1.
Por tanto, los técnicos de la OTUDTS Vegas Bajas y Lácara-Los Baldíos se han encargado
únicamente de incorporar al documento las modificaciones requeridas por el Ayuntamiento
descritas en los puntos anteriores, sin entrar a valorar la idoneidad de la ordenación técnica
y jurídica propuesta por los anteriores equipos que han intervenido en la redacción del PGM
de Valdelacalzada.
De acuerdo con el artículo 77.2.3 de la LSOTEX las cambios incorporados al documento constituyen modificaciones sustanciales de las determinaciones pertenecientes a la ordenación
estructural por lo que deberá someterse a un nuevo periodo de información pública por periodo de 45 días, siendo sólo necesario someter nuevamente a información pública aquellas
cuestiones que hayan sufrido en concreto las modificaciones y no todo el contenido del plan.
Que dichas modificaciones a la aprobación provisional del Plan General Municipal, se consideraron necesarias para conseguir un desarrollo urbanístico sostenible del suelo urbanizable