Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Comercio Exterior. Subvenciones. (2023AC0030)
Acuerdo de 6 de junio de 2023, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria para la concesión de subvenciones por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación en la formación práctica del programa de formación avanzada para técnicos de comercio exterior (Formacoex Plus), para las líneas "Formacoex Plus Extremadura" y "Formacoex Plus Exterior" para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 113
Miércoles 14 de junio de 2023

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d) Haber superado el Curso de Formación a profesionales y a Empresas “Comercio Exterior” tutelado por la Universidad de Extremadura y organizado por Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU, que forma parte de la formación teórica de las
líneas Formacoex Plus o Formacoex, o en su caso, contar con un certificado de aprovechamiento que acredite el haber superado, con anterioridad a la presentación de la solicitud de participación en la convocatoria correspondiente, una formación en comercio
exterior de al menos 150 horas que aborde las siguientes materias de operativa internacional: logística internacional, medios de cobro y pago internacionales, y marketing
internacional.
e) Estar en situación de desempleo e inscrita en el Servicio Extremeño Público de Empleo
en el momento de presentación de la solicitud, situación que deberá mantenerse a lo
largo de toda la fase de Formación Práctica.
f) No haber sido persona beneficiaria de la formación práctica de las líneas Formacoex Plus
o Formacoex en ediciones anteriores, por parte de Extremadura Avante Servi­cios Avanzados a Pymes, SLU.
2. N
 o podrán obtener la condición de persona beneficiaria quienes se encuentren incursas en
algunas de las circunstancias previstas en el apartado segundo y tercero del artículo 12 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dichas circunstancias serán justificadas a través de la declaración responsable por
parte del solicitante.
Tercero. Cuantía de la ayuda.
Las ayudas consistirán en una subvención directa mensual a las personas beneficiarias que
por línea serán:
a) Para Formacoex Plus Extremadura una subvención por cada mes de participación en el
programa, con un máximo de 8 meses, del importe publicado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones o equivalente, para la base de cotización mínima
mensual por contingencias comunes del Grupo de Cotización 2 (Ingenieros técnicos,
Peritos y Ayudantes Titulados), vigente a la fecha de la presente convocatoria, multiplicado por el resultado de las horas formativas desempeñadas con respecto a la jornada
diaria de 8 horas. Por tanto, se atenderá a la siguiente fórmula:


Cuantía mensual = Base de cotización mínima mensual (C.C. Grupo 2) x (6h/8h).

b) Para Formacoex Plus Exterior una subvención por cada mes de participación en el programa, con un máximo de 5 meses, para los meses que se desarrollen las funciones