Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062161)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Puebla de Alcocer en materia de uso público en áreas protegidas. Anualidades 2023-2024. N.º Expediente: 231803SYM001.
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NÚMERO 112
Martes 13 de junio de 2023

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controles administrativos y sobre el terreno conforme a la normativa vigente. En concreto
el Ayuntamiento deberá facilitar documentación relativa a los aspectos determinados en el
Anexo III del presente convenio junto a la Certificación del saldo final descrita en el párrafo
anterior. En caso de incumplimiento se atenderá a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo.
Novena. Subcontratación.
El Ayuntamiento de Puebla de Alcocer podrá subcontratar hasta el 100% del proyecto objeto
de subvención regulado en el presente convenio. Se considera que existe subcontratación
cuando el beneficiario concierta con terceros la ejecución total o parcial de la actuación. Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada. El Ayuntamiento de
Puebla de Alcocer habrá de respetar en sus relaciones con los subcontratistas, las previsiones
de la normativa en materia de contratos del sector público para los contratos subvencionados.
Décima. Medidas de publicidad y otras obligaciones.
El Ayuntamiento de Puebla de Alcocer instalará, en un lugar visible, con caracteres adecuados
y de acuerdo con las directrices de la Consejería, carteles informativos con la indicación de
que la actuación se realiza mediante cofinanciación de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad con fondos europeos (FEADER, Europa invierte en las zonas rurales),
medida 7.6.4. “Promoción del uso público, gestión y conservación de la Red Natura 2000 y
otras zonas de alto valor natural así como el mantenimiento, recuperación y rehabilitación del
patrimonio natural” del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022, de conformidad con el Reglamento (UE) 1305/2013 y el Anexo III del Reglamento de ejecución (UE)
808/2014, así como la adopción de medidas de identificación, información y publicidad de las
inversiones a que se refiere la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en su caso, el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de
la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se
establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones y cumpliendo en todos los casos
lo establecido en el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la identidad corporativa del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En virtud de las competencias atribuidas a la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad por la Resolución de 27 de enero de 2020 de
la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública publicada en el
DOE n.º 19, de 29 de enero de 2020, se informa al beneficiario de esta operación que su pago
estará condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente convenio y
demás reglamentación vigente y en particular al cumplimiento de las siguientes obligaciones: