Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0027)
Corrección de errores del Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia (PGM).
374 páginas totales
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NÚMERO 111
36224
Lunes 12 de junio de 2023
ANEXO I
TÍTULO 0.
PRESENTACIÓN.
El presente documento contiene el Texto Articulado de las Normas Urbanísticas del Plan General Municipal
de MALPARTIDA DE PLASENCIA, encargado por el Ayuntamiento de esta localidad al estudio de
arquitectura y urbanismo RUEDA Y VEGA ASOCIADOS, SLP.
El documento recoge los objetivos y contenidos indicados en la legislación vigente en materia de ordenación
urbanística; complementándose con el resto de documentación que integra el Plan General.
El documento ha sido redactado por el estudio de arquitectura y urbanismo RUEDA Y VEGA
ARQUITECTOS, habiendo participado en su elaboración las siguientes personas:
Mª Ángeles Vega González, arquitecto.
Jesús Mª Rueda Colinas, arquitecto.
Laura Reca González, arquitecta.
Manuel Gil Martínez, biólogo ambiental.
TÍTULO 1.
CAPÍTULO 1.1.
DETERMINACIONES GENERALES.
DISPOSICIONES PREVIAS.
SUBCAPÍTULO 1.1.1. ALCANCE DEL PLAN GENERAL.
Artículo 1.1.1.1 OBJETO. [E]
El objeto del Plan General Municipal es la Ordenación Urbanística del territorio del término, estableciendo
los regímenes jurídicos correspondientes a cada clase y categoría de suelo, delimitando las facultades
urbanísticas propias del derecho de propiedad en cada situación y especificando los deberes que
condicionan la efectividad y ejercicio de dichas facultades.
Artículo 1.1.1.2 SUSTITUCIÓN DEL PLANEAMIENTO PREVIO. [E]
El presente Plan General Municipal sustituye al planeamiento de rango general anteriormente vigente en el
municipio, que eran las Normas Subsidiarias Municipales, aprobadas definitivamente el 21 de noviembre
de 2002 (DOE 13/3/2003). Dichas NNSS quedan derogadas a la entrada en vigor del presente Plan General;
sin perjuicio de los efectos de transitoriedad procedentes al amparo de la legislación aplicable.
Artículo 1.1.1.3 ÁMBITO DE APLICACIÓN. [E]
Con la entrada en vigor del presente Plan General Municipal se establece una nueva ordenación urbanística
para la totalidad del Término Municipal de MALPARTIDA DE PLASENCIA.
Artículo 1.1.1.4 VIGENCIA. [E]
El presente Plan General entrará en vigor al día siguiente de la publicación del acuerdo de su aprobación
definitiva en el Diario Oficial de Extremadura. Permanecerá vigente en tanto no se apruebe definitivamente
una revisión del mismo, sin perjuicio de eventuales modificaciones puntuales o de la suspensión total o
parcial de su vigencia.
36224
Lunes 12 de junio de 2023
ANEXO I
TÍTULO 0.
PRESENTACIÓN.
El presente documento contiene el Texto Articulado de las Normas Urbanísticas del Plan General Municipal
de MALPARTIDA DE PLASENCIA, encargado por el Ayuntamiento de esta localidad al estudio de
arquitectura y urbanismo RUEDA Y VEGA ASOCIADOS, SLP.
El documento recoge los objetivos y contenidos indicados en la legislación vigente en materia de ordenación
urbanística; complementándose con el resto de documentación que integra el Plan General.
El documento ha sido redactado por el estudio de arquitectura y urbanismo RUEDA Y VEGA
ARQUITECTOS, habiendo participado en su elaboración las siguientes personas:
Mª Ángeles Vega González, arquitecto.
Jesús Mª Rueda Colinas, arquitecto.
Laura Reca González, arquitecta.
Manuel Gil Martínez, biólogo ambiental.
TÍTULO 1.
CAPÍTULO 1.1.
DETERMINACIONES GENERALES.
DISPOSICIONES PREVIAS.
SUBCAPÍTULO 1.1.1. ALCANCE DEL PLAN GENERAL.
Artículo 1.1.1.1 OBJETO. [E]
El objeto del Plan General Municipal es la Ordenación Urbanística del territorio del término, estableciendo
los regímenes jurídicos correspondientes a cada clase y categoría de suelo, delimitando las facultades
urbanísticas propias del derecho de propiedad en cada situación y especificando los deberes que
condicionan la efectividad y ejercicio de dichas facultades.
Artículo 1.1.1.2 SUSTITUCIÓN DEL PLANEAMIENTO PREVIO. [E]
El presente Plan General Municipal sustituye al planeamiento de rango general anteriormente vigente en el
municipio, que eran las Normas Subsidiarias Municipales, aprobadas definitivamente el 21 de noviembre
de 2002 (DOE 13/3/2003). Dichas NNSS quedan derogadas a la entrada en vigor del presente Plan General;
sin perjuicio de los efectos de transitoriedad procedentes al amparo de la legislación aplicable.
Artículo 1.1.1.3 ÁMBITO DE APLICACIÓN. [E]
Con la entrada en vigor del presente Plan General Municipal se establece una nueva ordenación urbanística
para la totalidad del Término Municipal de MALPARTIDA DE PLASENCIA.
Artículo 1.1.1.4 VIGENCIA. [E]
El presente Plan General entrará en vigor al día siguiente de la publicación del acuerdo de su aprobación
definitiva en el Diario Oficial de Extremadura. Permanecerá vigente en tanto no se apruebe definitivamente
una revisión del mismo, sin perjuicio de eventuales modificaciones puntuales o de la suspensión total o
parcial de su vigencia.