Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sequías. Medidas Excepcionales. (2023080980)
Anuncio de 6 de junio de 2023 por el que se hace pública la relación provisional de personas beneficiarias de las ayudas directas a los sectores porcino ibérico y equino de carácter extensivo, contempladas en el Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía.
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NÚMERO 111

36664

Lunes 12 de junio de 2023

Los titulares establecidos en la citada relación dispondrán de un plazo de 10 días hábiles
computados desde la publicación de este anuncio que hace pública la relación provisional
para comunicar su voluntad de desistir de la ayuda utilizando para ello el modelo normalizado
previsto en el anexo I del anteriormente referido Decreto-ley, y que también estará disponible
en el portal web juntaex.es. En caso de no desistir, la subvención se entenderá aceptada a
todos los efectos.
Igualmente, las personas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación de la relación provisional en el portal web juntaex.es para la presentación, en su caso de:
— Declaración responsable de la relación de todas las ayudas públicas solicitadas o concedidas de esta o de cualquier otra Administración Pública para el mismo objeto, en la que
se hagan constar además todas las ayudas o subvenciones que hayan sido recibidas por
la persona o entidad beneficiaria con carácter de mínimis (anexo II).
Tanto el modelo normalizado del anexo I para comunicar su voluntad de desistir de la ayuda
(disponible en el portal web juntaex.es), anexo II de declaración de minimis, anexo III de alta
terceros, se dirigirán al Servicio de Producción Agraria de la Dirección General de Agricultura
y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, a través del trámite “Desistimiento-Anexos-Ayud.Direc.Sec.Porcino/Equino”, habilitado en el portal
Juntaex.es, Plataforma “ARADO”.
Se informa que, en todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite, los sujetos relacionados en el artículo 14.2 de la
citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, deberán nombrar un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes
bastantes para los sucesivos trámites de comunicaciones y notificaciones.
La Secretaría General de la citada Consejería resolverá en el plazo máximo de 3 meses computados desde la fecha de publicación de la relación provisional de personas beneficiarias.
La publicación de la relación provisional surtirá los efectos de la notificación, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 6 de junio de 2023. El Jefe de Servicio de Producción Agraria, JOSÉ MARÍA GUERRERO
PÉREZ.

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