Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sequías. Medidas Excepcionales. (2023080980)
Anuncio de 6 de junio de 2023 por el que se hace pública la relación provisional de personas beneficiarias de las ayudas directas a los sectores porcino ibérico y equino de carácter extensivo, contempladas en el Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía.
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NÚMERO 111
Lunes 12 de junio de 2023
36663
ANUNCIO de 6 de junio de 2023 por el que se hace pública la relación provisional
de personas beneficiarias de las ayudas directas a los sectores porcino ibérico
y equino de carácter extensivo, contempladas en el Decreto-ley 3/2023,
de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a
titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía. (2023080980)
Con fecha 22 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto-ley
3/2023, de 17 de mayo (DOE n.º 96, de 22 de mayo), por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía.
Dicho decreto-ley regula, en su artículo 2, dentro del capítulo II, el procedimiento de concesión directa de las ayudas directas al sector porcino ibérico y equino de carácter extensivos.
En el punto 5, apartado a) de dicho artículo se establece que el órgano instructor del procedimiento de concesión será el Servicio de Producción Agraria de la Dirección General de
Agricultura y Ganadería.
En el punto 5 del referido artículo dispone que la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio publicará, en el plazo máximo de 20 días desde la publicación de este
decreto-ley, en el portal web juntaex.es
https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-agricola, una relación provisional de personas titulares de explotaciones agrarias a las que se refiere el punto tercero de
este artículo, en los que concurran los requisitos de actividad requeridos, así como el número
de cabezas de ganado computadas y la cuantía de la ayuda a recibir.
La relación provisional incluirá a las personas beneficiarias conforme se establece en el punto
3 de referido artículo 2 del Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo.
En virtud de todo lo expuesto, el Servicio de Producción Agraria procede a hacer pública la
relación provisional, donde se indican los titulares de explotaciones agrarias, en los que concurran los requisitos de actividad requeridos, así como el número de cabezas de ganado computadas y la cuantía de la ayuda a recibir, y en su caso, incidencias detectadas (alta tercero,
etc.) para proceder, por parte de los titulares, a su subsanación.
Dicha relación provisional de personas beneficiarias de estas ayudas a los sectores porcino ibérico
y equino de carácter extensivos estará a disposición de los interesados en el portal web juntaex.es,
https://www.juntaex.es/, así como en la Plataforma Laboreo, https://laboreo.juntaex.es, pudiéndose acceder a esta última mediante las respectivas claves personalizadas.
La solicitud se considerará realizada de oficio mediante la relación provisional que se hace
pública.
Lunes 12 de junio de 2023
36663
ANUNCIO de 6 de junio de 2023 por el que se hace pública la relación provisional
de personas beneficiarias de las ayudas directas a los sectores porcino ibérico
y equino de carácter extensivo, contempladas en el Decreto-ley 3/2023,
de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a
titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía. (2023080980)
Con fecha 22 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto-ley
3/2023, de 17 de mayo (DOE n.º 96, de 22 de mayo), por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía.
Dicho decreto-ley regula, en su artículo 2, dentro del capítulo II, el procedimiento de concesión directa de las ayudas directas al sector porcino ibérico y equino de carácter extensivos.
En el punto 5, apartado a) de dicho artículo se establece que el órgano instructor del procedimiento de concesión será el Servicio de Producción Agraria de la Dirección General de
Agricultura y Ganadería.
En el punto 5 del referido artículo dispone que la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio publicará, en el plazo máximo de 20 días desde la publicación de este
decreto-ley, en el portal web juntaex.es
https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-agricola, una relación provisional de personas titulares de explotaciones agrarias a las que se refiere el punto tercero de
este artículo, en los que concurran los requisitos de actividad requeridos, así como el número
de cabezas de ganado computadas y la cuantía de la ayuda a recibir.
La relación provisional incluirá a las personas beneficiarias conforme se establece en el punto
3 de referido artículo 2 del Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo.
En virtud de todo lo expuesto, el Servicio de Producción Agraria procede a hacer pública la
relación provisional, donde se indican los titulares de explotaciones agrarias, en los que concurran los requisitos de actividad requeridos, así como el número de cabezas de ganado computadas y la cuantía de la ayuda a recibir, y en su caso, incidencias detectadas (alta tercero,
etc.) para proceder, por parte de los titulares, a su subsanación.
Dicha relación provisional de personas beneficiarias de estas ayudas a los sectores porcino ibérico
y equino de carácter extensivos estará a disposición de los interesados en el portal web juntaex.es,
https://www.juntaex.es/, así como en la Plataforma Laboreo, https://laboreo.juntaex.es, pudiéndose acceder a esta última mediante las respectivas claves personalizadas.
La solicitud se considerará realizada de oficio mediante la relación provisional que se hace
pública.