Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062221)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para transformación en riego de 30,5989 hectáreas de viñedo y olivar", cuyo promotor es D. Manuel Viera Merino, en el término municipal de Ribera del Fresno (Badajoz). Expte.: IA19/1906.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 110
Viernes 9 de junio de 2023
36079
aguas públicas. En ningún caso se autorizará dentro del DPH la construcción, montaje
o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con carácter
provisional o temporal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51.3 del Reglamento del DPH.
D
e acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, los terrenos (márgenes)
que lindan con los cauces, están sujetos en toda su extensión longitudinal a:
- una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal,
vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en
caso de necesidad.
- una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del
suelo y las actividades que se desarrollen. De acuerdo con el artículo 9 del mismo
Reglamento, cualquier obra o trabajo en la zona de policía de cauces (que incluye
también la zona de servidumbre para uso público) precisará autorización administrativa previa del organismo de cuenca. Dicha autorización será independiente de
cualquier otra que haya de ser otorgada por los distintos órganos de las Administraciones Públicas.
E
n cuanto a los cruces subterráneos de cualquier tipo de conducción con un cauce que
constituya el DPH del Estado, así como respecto a todas las actuaciones asociadas
al establecimiento y funcionamiento de nuevas infraestructuras lineales, señalan una
serie de medidas que se adicionan al presente Informe.
–C
onsumo de agua: Según los datos obrantes en ese organismo de cuenca, para el
riego de las parcelas afectadas constan los siguientes expedientes administrativos:
- Expte. 12662/2000, Inscrito en la sección B del Registro de Aguas, para riego de
4,2 ha de cultivo leñoso (viña) en la parcela 62 del polígono 29 del término municipal de Ribera del Fresno (Badajoz), a partir de una captación ubicada en la misma
parcela. El volumen inscrito es de 3.000 m3.
- Expte. 81/2016, concesión de aguas subterráneas en tramitación, solicitada con
fecha 04/02/2016, para riego de 26,3989 ha de cultivo leñoso (viñedo y olivar), en
la parcela 64 del polígono 29 y en las parcelas 32 y 36 del polígono 30, todas ellas
en el término municipal de Ribera del Fresno (Badajoz), a partir de una captación
ubicada en la parcela 62 del polígono 29 del citado término municipal, con un volumen en tramitación de 23.736,96 m3/año. Se indica una medida que se adiciona
al presente Informe.
Viernes 9 de junio de 2023
36079
aguas públicas. En ningún caso se autorizará dentro del DPH la construcción, montaje
o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con carácter
provisional o temporal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51.3 del Reglamento del DPH.
D
e acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, los terrenos (márgenes)
que lindan con los cauces, están sujetos en toda su extensión longitudinal a:
- una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal,
vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en
caso de necesidad.
- una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del
suelo y las actividades que se desarrollen. De acuerdo con el artículo 9 del mismo
Reglamento, cualquier obra o trabajo en la zona de policía de cauces (que incluye
también la zona de servidumbre para uso público) precisará autorización administrativa previa del organismo de cuenca. Dicha autorización será independiente de
cualquier otra que haya de ser otorgada por los distintos órganos de las Administraciones Públicas.
E
n cuanto a los cruces subterráneos de cualquier tipo de conducción con un cauce que
constituya el DPH del Estado, así como respecto a todas las actuaciones asociadas
al establecimiento y funcionamiento de nuevas infraestructuras lineales, señalan una
serie de medidas que se adicionan al presente Informe.
–C
onsumo de agua: Según los datos obrantes en ese organismo de cuenca, para el
riego de las parcelas afectadas constan los siguientes expedientes administrativos:
- Expte. 12662/2000, Inscrito en la sección B del Registro de Aguas, para riego de
4,2 ha de cultivo leñoso (viña) en la parcela 62 del polígono 29 del término municipal de Ribera del Fresno (Badajoz), a partir de una captación ubicada en la misma
parcela. El volumen inscrito es de 3.000 m3.
- Expte. 81/2016, concesión de aguas subterráneas en tramitación, solicitada con
fecha 04/02/2016, para riego de 26,3989 ha de cultivo leñoso (viñedo y olivar), en
la parcela 64 del polígono 29 y en las parcelas 32 y 36 del polígono 30, todas ellas
en el término municipal de Ribera del Fresno (Badajoz), a partir de una captación
ubicada en la parcela 62 del polígono 29 del citado término municipal, con un volumen en tramitación de 23.736,96 m3/año. Se indica una medida que se adiciona
al presente Informe.