Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062220)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de aprovechamiento de un recurso de la Sección A) El Toconal, n.º 983-00, cuya promotora es Áridos Pajuelo e Hijos, SL, en el término municipal de Campanario (Badajoz). Expte.: IA19/1192.
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NÚMERO 110
Viernes 9 de junio de 2023
36033
Además, se incluye un estudio específico en el que se documentan las repercusiones ambientales que el proyecto puede generar sobre la Red Natura 2000, en el que se concluye
que se contribuirá a mantener la biodiversidad no tendrá efectos negativos sobre la Red
Natura 2000.
Además, se incluye un plan de gestión de los residuos generados por la actividad, que son
tierra vegetal, bolos de rechazo y lodos procedentes de su tratamiento, caracterizados
respectivamente con los códigos LER 01 01 02, 01 04 08 y 01 04 12, que se van a destinar
para relleno del hueco de explotación con objeto de su rehabilitación (R10).
El periodo de explotación planteado en el proyecto, de acuerdo con lo establecido en las
Normas Subsidiarias municipales vigentes en el término municipal de Campanario, será
de 5 años en total, incluyendo las labores de restauración, entre el 1 de agosto y el 15 de
marzo de cada año. Todas las medidas previstas serán progresivas, es decir, se realizarán
de forma continuada con objeto de minimizar los impactos tanto previstos como no previstos, y garantizar la rápida restauración de los terrenos afectados por la explotación, que
supondrán una superficie afectada de 12,5028 ha. Transcurrido este tiempo, los terrenos
afectados quedarán totalmente restaurados antes de su abandono final, devolviendo su
uso original de cultivo agrícola a los terrenos afectados.
B) R
esumen del resultado del trámite de información pública y consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
B.1. Trámite de información pública.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el estudio de impacto
ambiental, es sometido al trámite de información pública por el órgano ambiental, la Dirección General de Sostenibilidad (DGS, en adelante), el competente para la formulación de
la declaración ambiental relativa a ese proyecto, mediante anuncio publicado en el Diario
Oficial de Extremadura de 6 de abril de 2021 (DOE núm. 63), no habiéndose recibido alegaciones durante este trámite.
B.2. Trámite de consultas a las Administraciones públicas.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 9 de marzo
de 2021 el órgano ambiental procede a realizar las consultas a las Administraciones públicas afectadas. Las consultas realizadas se relacionan en la tabla adjunta. Se han señalado
con una X aquellas Administraciones Públicas que han emitido informe en respuesta a
dichas consultas.
Viernes 9 de junio de 2023
36033
Además, se incluye un estudio específico en el que se documentan las repercusiones ambientales que el proyecto puede generar sobre la Red Natura 2000, en el que se concluye
que se contribuirá a mantener la biodiversidad no tendrá efectos negativos sobre la Red
Natura 2000.
Además, se incluye un plan de gestión de los residuos generados por la actividad, que son
tierra vegetal, bolos de rechazo y lodos procedentes de su tratamiento, caracterizados
respectivamente con los códigos LER 01 01 02, 01 04 08 y 01 04 12, que se van a destinar
para relleno del hueco de explotación con objeto de su rehabilitación (R10).
El periodo de explotación planteado en el proyecto, de acuerdo con lo establecido en las
Normas Subsidiarias municipales vigentes en el término municipal de Campanario, será
de 5 años en total, incluyendo las labores de restauración, entre el 1 de agosto y el 15 de
marzo de cada año. Todas las medidas previstas serán progresivas, es decir, se realizarán
de forma continuada con objeto de minimizar los impactos tanto previstos como no previstos, y garantizar la rápida restauración de los terrenos afectados por la explotación, que
supondrán una superficie afectada de 12,5028 ha. Transcurrido este tiempo, los terrenos
afectados quedarán totalmente restaurados antes de su abandono final, devolviendo su
uso original de cultivo agrícola a los terrenos afectados.
B) R
esumen del resultado del trámite de información pública y consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
B.1. Trámite de información pública.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el estudio de impacto
ambiental, es sometido al trámite de información pública por el órgano ambiental, la Dirección General de Sostenibilidad (DGS, en adelante), el competente para la formulación de
la declaración ambiental relativa a ese proyecto, mediante anuncio publicado en el Diario
Oficial de Extremadura de 6 de abril de 2021 (DOE núm. 63), no habiéndose recibido alegaciones durante este trámite.
B.2. Trámite de consultas a las Administraciones públicas.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 9 de marzo
de 2021 el órgano ambiental procede a realizar las consultas a las Administraciones públicas afectadas. Las consultas realizadas se relacionan en la tabla adjunta. Se han señalado
con una X aquellas Administraciones Públicas que han emitido informe en respuesta a
dichas consultas.