Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062220)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de aprovechamiento de un recurso de la Sección A) El Toconal, n.º 983-00, cuya promotora es Áridos Pajuelo e Hijos, SL, en el término municipal de Campanario (Badajoz). Expte.: IA19/1192.
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NÚMERO 110
Viernes 9 de junio de 2023



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12.4. Los vertidos de agua a un cauce público, en su caso, deberán contar con la
preceptiva autorización del órgano de cuenca correspondiente.



12.5. S
 e adoptarán las medidas necesarias para evitar que el arrastre pluvial de
tierras removidas durante los trabajos provoque un incremento del aporte de
sólidos a los cauces y para frenar la posible generación de turbidez.



12.6. L os trabajos de mantenimiento y reparación de la maquinaria se realizarán
fuera de la explotación en talleres autorizados. Si fuese necesaria alguna operación de mantenimiento o reparación dentro de la explotación, se efectuará
en un lugar adecuado para ello, que incorpore sistemas de seguridad en caso
de vertidos accidentales. En cualquier caso será un área estanca donde esté
garantizada la impermeabilidad, con un sistema de drenaje perimetral de recogida de aguas de escorrentía.



12.7. S
 e gestionarán adecuadamente los residuos para evitar afecciones a los cursos
de agua tanto superficiales como subterráneos. Se evitará cualquier vertido de
sustancias contaminantes, de forma que todos los residuos sean gestionados
por un gestor autorizado; si se produjeran vertidos accidentales de aceites,
lubricantes, etc., se procederá a su inertización.



12.8. C
 ualquier aprovechamiento o concesión de aguas superficiales o subterráneas
que se realice en la actividad deberá obtener previamente la correspondiente
autorización o concesión de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.



13. Protección de la fauna y flora:



13.1. S
 e respetará el arbolado presente en las parcelas de actuación (en las lindes),
para favorecer la regeneración natural de la zona tras su aprovechamiento y
como refugio de la fauna silvestre. En especial, se respetarán las orlas de vegetación autóctona de ribera presentes en los cauces afectados por el proyecto
(fresnos, atarfes, tamujos, mimbreras…).



13.2. S
 e respetarán los árboles que presenten nidos de especies protegidas, debiendo de comunicar el hallazgo al AMN de la zona.



13.3. D
 urante las fases de explotación y restauración, se respetarán las colonias
que puedan asentarse en los taludes, de especies como el abejaruco (Merops
apiaster) o el avión zapador (Riparia riparia).