Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062116)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura al Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres para la financiación del programa de crecimiento e inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social (Programa CRISOL) 2023-2026, financiado por el Fondo Social Europeo Plus.
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NÚMERO 109
Jueves 8 de junio de 2023
35564
Igualmente, se presentarán copias de las facturas pagadas y demás documentos de valor
probatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que deberán corresponder a la relación detallada de los mismos en el certificado gastos y pagos presentado.
Junto con la certificación de ingresos, gastos y pagos realizados correspondientes a las justificaciones parciales, se acompañará memoria técnica explicativa de ejecución del programa CRISOL, según modelo que se acompaña como anexo II “Memoria técnica explicativa
de ejecución del programa crecimiento e inserción sociolaboral de personas en situación
o riesgo de exclusión social (programa CRISOL)”, en el que se refleje los objetivos y resultados alcanzados, conforme a los indicadores de realización y resultados referidos a la
línea de actuación / operación “2.H.01 Itinerarios de inserción sociolaboral / Programa de
crecimiento e inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social
programa CRISOL” dentro del Programa Extremadura FSE+ 2021-2027 y conforme a lo
dispuesto en el Anexo II del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus
(FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) número 1296/2013; actuaciones desarrolladas e incidencias surgidas durante el desarrollo del mismo.
La justificación del último pago correspondiente al 50% restante de la anualidad 2026, podrá presentarse a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales hasta el 15 de febrero de
2027, inclusive, junto con la justificación de la totalidad de los gastos y pagos realizados.
Con la justificación de la totalidad de los gastos y pagos realizados, conforme al anexo I,
deberá presentarse, además, memoria técnica explicativa de ejecución del programa CRISOL, según el citado anexo II, en el que se refleje los objetivos y resultados alcanzados,
conforme a los indicadores de productividad y resultados referidos a la operación “2.H.01
Itinerarios de inserción sociolaboral / Programa de crecimiento e inserción sociolaboral de
personas en situación o riesgo de exclusión social programa CRISOL” dentro del Programa
Extremadura FSE+ 2021-2027 y conforme a lo dispuesto en el Anexo II del Reglamento
(UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021; actuaciones desarrolladas e incidencias surgidas durante el desarrollo del mismo.
Cuando los gastos reales correspondan a gastos directos de personal deberán acreditarse las
horas efectivamente dedicadas e imputadas al programa CRISOL en el mencionado anexo II.
Cuando el marco regulador de los fondos con cargo al que se financia el presente convenio
sea objeto de modificación, el IMAS quedará obligado a cumplir con los nuevos requerimientos que se establezcan.
Jueves 8 de junio de 2023
35564
Igualmente, se presentarán copias de las facturas pagadas y demás documentos de valor
probatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que deberán corresponder a la relación detallada de los mismos en el certificado gastos y pagos presentado.
Junto con la certificación de ingresos, gastos y pagos realizados correspondientes a las justificaciones parciales, se acompañará memoria técnica explicativa de ejecución del programa CRISOL, según modelo que se acompaña como anexo II “Memoria técnica explicativa
de ejecución del programa crecimiento e inserción sociolaboral de personas en situación
o riesgo de exclusión social (programa CRISOL)”, en el que se refleje los objetivos y resultados alcanzados, conforme a los indicadores de realización y resultados referidos a la
línea de actuación / operación “2.H.01 Itinerarios de inserción sociolaboral / Programa de
crecimiento e inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social
programa CRISOL” dentro del Programa Extremadura FSE+ 2021-2027 y conforme a lo
dispuesto en el Anexo II del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus
(FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) número 1296/2013; actuaciones desarrolladas e incidencias surgidas durante el desarrollo del mismo.
La justificación del último pago correspondiente al 50% restante de la anualidad 2026, podrá presentarse a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales hasta el 15 de febrero de
2027, inclusive, junto con la justificación de la totalidad de los gastos y pagos realizados.
Con la justificación de la totalidad de los gastos y pagos realizados, conforme al anexo I,
deberá presentarse, además, memoria técnica explicativa de ejecución del programa CRISOL, según el citado anexo II, en el que se refleje los objetivos y resultados alcanzados,
conforme a los indicadores de productividad y resultados referidos a la operación “2.H.01
Itinerarios de inserción sociolaboral / Programa de crecimiento e inserción sociolaboral de
personas en situación o riesgo de exclusión social programa CRISOL” dentro del Programa
Extremadura FSE+ 2021-2027 y conforme a lo dispuesto en el Anexo II del Reglamento
(UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021; actuaciones desarrolladas e incidencias surgidas durante el desarrollo del mismo.
Cuando los gastos reales correspondan a gastos directos de personal deberán acreditarse las
horas efectivamente dedicadas e imputadas al programa CRISOL en el mencionado anexo II.
Cuando el marco regulador de los fondos con cargo al que se financia el presente convenio
sea objeto de modificación, el IMAS quedará obligado a cumplir con los nuevos requerimientos que se establezcan.