Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Contratación. (2023062196)
Resolución de 2 de junio de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por el que se autorizan los modelos de pliego de cláusulas administrativas particulares aplicables a los contratos de servicios, suministros y obras por procedimiento abierto, abierto simplificado, abierto simplificado sumario y negociado sin publicidad, así como a los contratos de servicios y suministros mediante acuerdo marco por procedimiento abierto con uno o con varios empresarios y con varios criterios de adjudicación.
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NÚMERO 109
Jueves 8 de junio de 2023

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Por otro lado, el 29 de noviembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura la
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, que en su artículo 30
modifica la Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable
de Extremadura. En cuanto a los cambios introducidos, tratan de mejorar diferentes aspectos de la misma en materia de incumplimiento, penalidades y publicidad de los anuncios de
licitación; incluyéndose también cambios en determinados apartados con el fin de agilizar los
procedimientos en las fases de preparación de los expedientes de licitación y presentación de
ofertas. Todo ello en la línea de poner en valor la utilidad y calidad en la prestación de los servicios públicos, así como la mejora en los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía.
Por último, el artículo 3 del Decreto-Ley 1/2022, de 2 de marzo, de medidas urgentes de
mejora de la calidad en la contratación pública para la reactivación económica, relativo a
la ponderación del precio de los contratos de obras y servicios que se tramiten por procedimiento abierto, ha sido modificado por la disposición final tercera de la Ley 6/2022, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el
año 2023 (DOE extraordinario n.º 3, de 31 de diciembre de 2022).
Por todo lo expuesto, se hace necesario la autorización de nuevos modelos de pliegos de cláusulas
administrativas particulares aplicables a los contratos de servicios, suministros y obras por procedimiento abierto, abierto simplificado, abierto simplificado sumario y negociado sin publicidad,
así como a los contratos de servicios y suministros mediante acuerdo marco por procedimiento
abierto con uno o con varios empresarios y con varios criterios de adjudicación, que incorporen
los cambios que se han producido en la normativa contractual, tanto nacional como autonómica.
Conforme lo dispuesto en el artículo 122.5 de la LCSP, “la aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas particulares corresponderá al órgano de contratación, que podrá, asimismo, aprobar modelos de pliegos particulares para determinadas categorías de contratos
de naturaleza análoga”.
La Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de
Extremadura, en su artículo 32.1 establece que “tendrán, en todo caso, la consideración de
órganos de contratación de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura las personas titulares de las consejerías de la Junta de Extremadura” y, por su parte,
el artículo 34.5 dispone que “los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares
que han de regir en el ámbito de la Junta de Extremadura y su sector público autonómico que
tenga la consideración de poder adjudicador serán autorizados por el Consejo de Gobierno”.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 162/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y
Administración Pública, la Consejería de Hacienda y Administración Pública es la competente