Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062110)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) y el Servicio Extremeño Público de Empleo, para la elaboración de contenidos de acciones formativas, realización de jornadas e impartición acciones de formación y perfeccionamiento técnico de docentes, incluidas en el Plan de Trabajo anual 2022 del Centro de Referencia Nacional de Agricultura.
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NÚMERO 108
Miércoles 7 de junio de 2023

35268

La cuantía total del convenio asciende a treinta y dos mil cien euros (32.100 euros), y se
financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año
2023 en la Aplicación presupuestaria 130080000 G/242B/43900 TE24005002 20230301 “Formación Docentes CRN Agricultura- CICYTEX”.
Quinta. Pago.
En cuanto a la forma de pago de la cantidad aportada por el SEXPE se prevén dos pagos:
— Un primer pago de la mitad de la cantidad a aportar por el SEXPE (16.050,00 €), una
vez sea suscrito el presente convenio.
— Un segundo pago del importe de la cantidad restante, previa presentación por parte de
CICYTEX de una memoria final de justificación y evaluación del presente convenio.
Sexta. Justificación.
CICYTEX deberá justificar la ejecución de las actuaciones desarrolladas al amparo del convenio de la forma siguiente:
— Mediante la presentación de una memoria ante la Secretaría General del SEXPE en la
que describan las actuaciones desarrolladas al momento de la finalización de cada una
de las acciones contempladas en este convenio y en la que se reflejen los costes y gastos imputados a las mismas.
— Con independencia de ello, y en el plazo de tres meses desde la finalización de la vigencia del convenio, CICYTEX deberá presentar una memoria final de justificación y
evaluación de las actuaciones desarrolladas.
Séptima. Eficacia, duración y prórrogas del presente convenio.
El presente convenio surtirá efectos desde la fecha de su otorgamiento por las partes, y extenderá su vigencia hasta el 30 de junio de 2023.
No obstante, las partes podrán formular la denuncia del Convenio, por escrito, con una antelación mínima de un mes a la fecha de extinción del mismo.
Octava. Modificación y resolución de la presente colaboración.
El presente convenio de colaboración podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes,
mediante la formalización de la correspondiente Adenda que formará parte del mismo.