Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Aprovechamientos Forestales. Subvenciones. (2023040061)
Decreto 26/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones en tecnologías forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprueba la primera y única convocatoria, y se modifica el Decreto 51/2017, de 18 de abril, por el que se regula el régimen de subvenciones destinadas al apoyo a la regeneración en terrenos adehesados de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 108
Miércoles 7 de junio de 2023

35146

La falta de presentación de esta solicitud en el plazo establecido conllevará la pérdida del
derecho a la subvención.
Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido
en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de presentación de solicitudes:
•C
 umplimentando el modelo de solicitud de certificación y pago (anexo V) en el portal oficial
de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, a través de la plataforma ARADO: https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login
• Utilizando el modelo normalizado de solicitud de certificación y pago (anexo V), disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://
www.juntaex.es en el apartado de solicitud y anexos del trámite, así como el resto de
documentación que la acompañe, a través del Registro Electrónico General, de la Sede
electrónica de la Junta de Extremadura
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf), o en cualquiera de los
registros electrónicos previstos en el artículo16.4.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura previstas en el
artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema
de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En todo caso, las personas jurídicas estarán obligadas a presentar por medios telemáticos
la solicitud de certificación y pago (anexo V) a través del portal oficial de la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura https://
aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login (aplicación informática “ARADO”) o a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura (https://
sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf), así como a través de cualquiera
de los registros electrónicos previstos en el artículo16.4.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.”
2. S
 i la solicitud de certificación y pago no reúne los requisitos exigidos o no está debidamente cumplimentada, o no se acompañan de los documentos exigidos, se le requerirá para
que en un plazo de 10 días hábiles se proceda a la subsanación o a la incorporación de los
documentos preceptivos, con la advertencia de que, si así no lo hiciera, se procederá a la
revocación de la ayuda concedida.