Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062152)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el despliegue de soportes de apoyo para el sector exportador extremeño para el periodo 2023-2026.
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NÚMERO 107
Martes 6 de junio de 2023

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4. La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y operaciones ejecutadas en virtud de la presente transferencia verificando su adecuada progresión hacia los objetivos establecidos
anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
sexta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula séptima del presente
convenio.
e) R
 ecabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actividades tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la disponibilidad de
la información.
f) Establecer las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en
concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones firmantes.
g) Elevar a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones
que exijan aprobación de los mismos.
h) E
 stablecer nuevos porcentajes de ejecución mínima motivados por causas excepcionales.
i) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
5. E
 n el primer trimestre del año 2024 y sucesivos, la Comisión realizará una evaluación de
las actividades ejecutadas en el ejercicio anterior, a la luz de los valores constatados de los
indicadores de producto, y propondrá, si fuera preciso, los cambios que se estimen convenientes para una mejor ejecución del programa.
6. L
 a Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde, inicialmente con carácter semestral y en su caso, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el presente
convenio, debiendo comunicarlo a la otra parte con una antelación mínima de diez días,
mediante escrito que contendrá el lugar, la fecha y los asuntos a tratar. Dichas reuniones
podrán tener lugar en las instalaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura o en las oficinas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes,