Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062152)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el despliegue de soportes de apoyo para el sector exportador extremeño para el periodo 2023-2026.
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NÚMERO 107
Martes 6 de junio de 2023
34978
deben presentarse antes del 10 de diciembre de cada año. No obstante, por motivos debidamente justificados y siempre que sea acordado por la Comisión de Seguimiento, se
podrá ampliar este plazo hasta el 20 de diciembre de cada año.
2. L
os últimos gastos pendientes de justificar, se deberán presentar antes del día 31 de marzo
del año siguiente al de la anualidad a justificar, conforme a las instrucciones que se adjunta
como Anexo II de este convenio.
3. N
o obstante, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU podrá renunciar,
siempre que esté suficientemente motivado a los pagos que no se hayan realizado por
parte de la Junta de Extremadura, mediante escrito dirigido al órgano gestor, manifestando
que no va a ejecutar gasto por el importe anual de la transferencia, al que se acompañará
una certificación del representante legal de la misma en la que conste el porcentaje máximo que va a ser ejecutado.
El centro gestor procederá a la anulación de los saldos de los compromisos de gastos correspondientes para esa anualidad. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de
gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Octava. Incumplimiento y reintegro.
1. S
erán causas de incumplimiento que conllevarán, previa audiencia de Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la devolución, en su caso, total o parcial de la transferencia específica y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura
de las cantidades percibidas con los intereses legales correspondientes, las siguientes:
a) No justificación, justificación insuficiente o justificación fuera de plazo de las actividades
a ejecutar cada anualidad.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados por Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU
c) No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula duodécima.
d) No realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) E
l incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio así como en las instrucciones del Anexo II.
Martes 6 de junio de 2023
34978
deben presentarse antes del 10 de diciembre de cada año. No obstante, por motivos debidamente justificados y siempre que sea acordado por la Comisión de Seguimiento, se
podrá ampliar este plazo hasta el 20 de diciembre de cada año.
2. L
os últimos gastos pendientes de justificar, se deberán presentar antes del día 31 de marzo
del año siguiente al de la anualidad a justificar, conforme a las instrucciones que se adjunta
como Anexo II de este convenio.
3. N
o obstante, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU podrá renunciar,
siempre que esté suficientemente motivado a los pagos que no se hayan realizado por
parte de la Junta de Extremadura, mediante escrito dirigido al órgano gestor, manifestando
que no va a ejecutar gasto por el importe anual de la transferencia, al que se acompañará
una certificación del representante legal de la misma en la que conste el porcentaje máximo que va a ser ejecutado.
El centro gestor procederá a la anulación de los saldos de los compromisos de gastos correspondientes para esa anualidad. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de
gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Octava. Incumplimiento y reintegro.
1. S
erán causas de incumplimiento que conllevarán, previa audiencia de Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la devolución, en su caso, total o parcial de la transferencia específica y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura
de las cantidades percibidas con los intereses legales correspondientes, las siguientes:
a) No justificación, justificación insuficiente o justificación fuera de plazo de las actividades
a ejecutar cada anualidad.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados por Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU
c) No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula duodécima.
d) No realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) E
l incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio así como en las instrucciones del Anexo II.