Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Radiodifusión. (2023062123)
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura relativo a la concesión definitiva, a "Radioestudio, SA", de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, de carácter comercial, en la localidad de Badajoz, con la frecuencia 94.2 Mhz.
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NÚMERO 107
Martes 6 de junio de 2023

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En este sentido, el citado Decreto 131/1994 establece –en su artículo 13– que “finalizada la
instalación (requerida para el funcionamiento de la emisora), el adjudicatario lo pondrá en
conocimiento de la Consejería (actualmente, Hacienda y Administración Pública, conforme a
lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el
que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura) a fin de que se lleve a
cabo la inspección técnica final y, en su caso, se proceda a la aprobación técnica definitiva por
la Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación
Audiovisual (Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital)”; si bien las modificaciones realizadas respecto del procedimiento de aprobación técnica definitiva de las instalaciones por parte del Ministerio competente –la última de ellas incorporada en el Real Decreto
123/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio
público radioeléctrico– han tenido como consecuencia, entre otras, que sean los interesados
(prestadores del servicio de comunicación audiovisual radiofónico de interés general) los que
tramiten –directamente con el Ministerio competente– las solicitudes de inspección para la
aprobación técnica definitiva por el departamento correspondiente del citado Ministerio.
Asimismo, en el citado Decreto 131/1994 se dispone –en el apartado 1 de su artículo 15–
que “tras la aprobación técnica definitiva de las instalaciones de la emisora, la Consejería (de
Hacienda y Administración Pública) redactará la propuesta de adjudicación definitiva de la
concesión y la elevará al Consejo de Gobierno para su resolución, la cual será publicada en el
Diario Oficial de Extremadura”.
Cuarto. En el apartado 1 del artículo 6 del citado Decreto 131/1994 se dispone que “las
concesiones para la explotación de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con
modulación de frecuencia se otorgarán por un período de diez años”.
Por todo ello, habiéndose procedido por la Administración del Estado a la aprobación del
proyecto técnico y a la autorización de la puesta en servicio de la estación (DGBA-1800543)
de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (94.2 Mhz), en la localidad de Badajoz, cuya
titular es “Radioestudio, SA”, una vez abonada la tasa correspondiente a la “prestación de
servicios administrativos en materia de concesiones de radiodifusión”, en concreto, por “concesión definitiva”, en los términos previstos en la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre
Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura –en relación con la Resolución, de 10 de febrero de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera (de Hacienda y
Administración Pública), por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios
públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021–, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 15 del Decreto 131/1994, de 14 de