Servicio Extremeño De Salud. Sanidad. Subvenciones. (2023062147)
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Dirección Gerencia, de concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Villanueva de la Serena para la gestión y funcionamiento del Hospital "Santa Justa".
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NÚMERO 107

35078

Martes 6 de junio de 2023

Séptima. Financiación. La financiación para el funcionamiento del Hospital “Santa Justa” se realizará 100 % por el SES, con fondos de la Comunidad Autónoma (CA), con la siguiente distribución:
Proyecto :20230381 “Programa de Gestión Hospital Santa Justa”.
Anualidad

Aplicación presupuestaria

Importe

2023

3901.212C.46000

415.988,02 €

2024

3901.212C.46000

69.331,34 €

TOTAL

485.319,36 €

Octava. Medidas de identificación, información y publicidad. La entidad beneficiaria
está obligada a adoptar las medidas de difusión previstas en el artículo 17.3 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
Igualmente dará la adecuada publicidad del carácter público de la financiación en sus actuaciones, en la edición del material impreso y actividades de divulgación o formación que se
ejecuten a través de la presente subvención.
Deberá atenderse a lo establecido en el Decreto 7/2002, de 29 de enero, de la imagen corporativa de la Junta de Extremadura.
Conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, la presente concesión de subvención se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente a aquél en el que se reciba la notificación de la presente
resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, podrá interponerse previamente recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la presente
resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
Mérida, 25 de mayo de 2023.
El Director Gerente,
CECILIANO FRANCO RUBIO
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