Presidencia De La Junta. Becas De Viaje. (2023030004)
Decreto del Presidente 4/2023, de 29 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de viaje a personas jóvenes extremeñas destinadas a fomentar el conocimiento de la Unión Europea.
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NÚMERO 107

34831

Martes 6 de junio de 2023

que en plazo de quince días hábiles siguientes presente la documentación justificativa, advirtiéndole de que si así no lo hiciera se declarará el reintegro de la beca concedida, previa
resolución de la Secretaría General de la Presidencia de la Junta de Extremadura.
CAPITULO V
Reintegro
Artículo 22. Reintegro y graduación del reintegro.
1. Procederá el reintegro del importe total de la Beca de Viaje en los casos de que la persona
beneficiaria incumpla las obligaciones impuestas en las Bases, la convocatoria y la resolución de concesión y por las causas previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo.
El procedimiento de reintegro seguirá los trámites establecidos en el artículo 48 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo.
2. N
 o obstante, de acuerdo con la justificación presentada en la forma y plazo establecido en
el artículo 21 de las presentes Bases, se considerará que el viaje realizado por la persona
beneficiaria se aproxima de modo significativo al cumplimiento del Plan de Viaje por el que
se le concedió la beca, cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) La duración del viaje realizado alcance, al menos, el 60% de la duración mínima establecida en la convocatoria, o bien.
b) La puntuación que se habría de obtener por el número de países y ciudades efectivamente visitadas durante el viaje en aplicación de los criterios establecidos en el artículo
8 de las presentes bases sea, al menos, el 60% de la puntuación obtenida por el Plan
de Viaje presentado en la solicitud.
3. E
 n el caso de los cumplimientos parciales a que se refiere el apartado anterior, se procederá al reintegro de la parte proporcional del coste de la Beca de Viaje determinada por la
diferencia entre el número de días que duró el viaje efectivamente realizado y el número de
días de duración del billete Interrail que se estableciere como mínimo en la convocatoria,
de conformidad con lo previsto en el artículo 3.1.a) de estas bases.
Disposición derogatoria única.
Se dejan sin efecto las bases reguladoras contenidas en el Decreto del Presidente 23/2020, de
30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas
de viaje a personas jóvenes extremeñas destinadas a fomentar el conocimiento de la Unión
Europea.