Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sentencias. Ejecución. (2023062134)
Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 127/2023, de 10 de marzo, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
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NÚMERO 105

34468

Viernes 2 de junio de 2023

ra por el retraso en el pago de las certificaciones de obra del contrato de obra de acondicionamiento y mejora de caminos rurales en la Comunidad Autónoma de Extremadura
abierto por lotes 2018-H, 1934OB1FR010 Lote 2, por no ser ajustada a derecho.
2) C
 ondenamos a la Junta de Extremadura al pago del interés de demora que se fije en
ejecución de sentencia conforme a los siguientes criterios:


a) Díes a quo es el fijado en el informe de la Jefatura del Servicio de Infraestructuras
del Medio Rural de fecha 26-10-2022 y en la propuesta de resolución de la Secretaría
General de Población y Desarrollo de fecha 9-12-2022, que obran en el expediente
administrativo.

b) Díes ad quem es la fecha de ingreso efectivo del importe adeudado en la cuenta
bancaria de la parte actora.


c) Se incluye el IVA en la base del cálculo de los intereses de demora en aplicación de
la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 20 de octubre de
2022 (asunto C-585/2020).



d) No se incluye la tasa por dirección y certificación de obras en la base para liquidar el
interés de demora.



e) Se aplica la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo,
de suspensión de los plazos administrativos.

3) La cantidad resultante devengará el interés legal del dinero desde el día 11 de octubre
de 2022 (fecha en la que se presentó el escrito de interposición de recurso contencioso
administrativo) hasta el pago definitivo a la parte actora.
4) La cantidad a la que resulta condenada la Junta de Extremadura deberá abonarse directamente, sin intermediación de este Tribunal, en la cuenta corriente que la parte
demandante deberá comunicar a la Secretaría General de Población y Desarrollo, Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, Junta de Extremadura.
5) Desestimamos el resto de pretensiones de la parte actora.
6) Sin hacer especial pronunciamiento respecto a las costas procesales causadas”.
Mérida, 24 de mayo de 2023.
La Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural Población y Territorio.
PD, Resolución de 23 de julio de 2019
(DOE núm. 144, de 26 de julio),
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ