Consejería De Educación Y Empleo. Educación De Adultos. Admisión De Alumnos. (2023062095)
Resolución de 23 de mayo de 2023 de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca la admisión del alumnado en centros docentes que imparten Enseñanzas Iniciales, Enseñanza Secundaria, Bachillerato y programas no formales, dirigidas a personas adultas durante el curso 2023/2024.
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NÚMERO 104
Jueves 1 de junio de 2023

34361

manifestada por el interesado en la solicitud, el órgano gestor recabará de oficio la siguiente documentación:


i. Acreditación de la identidad del solicitante. El órgano gestor recabará de oficio dicha
información del Sistema de Verificación de Identidad. En caso que el solicitante se
oponga, deberá aportar el Documento Nacional de identidad, número de identificación de extranjeros, pasaporte o tarjeta de residencia en vigor.



ii. Acreditación del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o titulación
equivalente. El órgano gestor recabará la información académica en la Plataforma
Educativa Rayuela. En el caso de estudios cursados con anterioridad al año 2008 o
que no se hubiesen obtenido o superados en centros sostenidos con fondos públicos
de Extremadura el interesado deberá aportarlo con la solicitud.



iii. Acreditación que cumple los requisitos de acceso conforme el resuelvo segundo de
esta resolución:

1. Documentación que acredite la consideración de deportista de alto rendimiento. Deberá aportarse certificación del dictamen emitido por el órgano público
competente.


2. Documentación que acredite que tiene un contrato laboral que no le permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario, para los alumnos mayores de
16 años. El interesado deberá aportar los siguientes documentos: certificación de
la Tesorería general de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral a la que estuviera afiliado el solicitante, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo
de cotización) y el período de contratación o certificación de la Empresa, en la que
conste fehacientemente la duración del contrato, la actividad desarrollada.

b) Criterios de prioridad:
i. 
Acreditación del expediente académico. El órgano gestor recabará la información
académica en la Plataforma Educativa Rayuela. En el caso de estudios cursados con
anterioridad al año 2008 o que no se hubiesen obtenido o superados en centros sostenidos con fondos públicos de Extremadura el interesado deberá aportarlo con la
solicitud.


ii. Para los alumnos que acceden a estas enseñanzas con el título Educación Secundaria
Obligatoria o equivalentes, el criterio de prioridad es la nota media académica final.

iii. Para los alumnos que acceden a estas enseñanzas desde otras titulaciones, tales
como, Técnicos de Artes plásticas y Diseño o Técnico Deportivo, el criterio de ordenación es la nota media académica final.