Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023062105)
Resolución de 18 de mayo 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de fabricación de hormigón, promovida por Prebetong Hormigones, SA, en el término municipal de Don Benito (Badajoz).
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NÚMERO 104
34420
Jueves 1 de junio de 2023
2. L
as aguas residuales irán a parar a la red de saneamiento municipal mediante una red de
recogida de las mismas.
- d - Medidas de protección y control de la contaminación acústica
1. L
as principales fuentes de emisión de ruidos del complejo industrial se indican en la siguiente tabla. En la misma, también se muestran los niveles de emisión de ruidos previstos.
Fuente sonora
Nivel de emisión, da (A)
Maquinaria del proceso de fabricación del hormigón
Limpieza de los vasos de las autohormigoneras
80
Tráfico de los vehículos de la planta
2. E
n la instalación industrial, no se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora
que provoque un nivel sonoro equivalente que sobrepase en el límite de propiedad, los
valores establecidos en el Decreto 19/1997, sobre Reglamentación de Ruidos y Vibraciones
de la Junta de Extremadura y el Real Decreto 1367/2007, por el que se desarrolla la Ley
37/2003, del ruido, en lo referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
- e - Medidas de prevención y reducción de la contaminación lumínica
1. L
as instalaciones y los aparatos de iluminación se ajustarán a lo dispuesto en el Real
Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas
complementarias.
2. S
e limitan las luminarias cuyas características de orientación, intensidad, cierre y apantallamiento puedan ocasionar deslumbramiento o intrusión lumínica. No se permiten las
luminarias con flujo de hemisferio superior.
- f - Plan de ejecución
1. E
n el caso de que el proyecto, instalación o actividad no comenzara a ejecutarse o desarrollarse en el plazo de cinco años, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la Dirección
General de Sostenibilidad (DGS), previa audiencia del titular, acordará la caducidad de la
AAU, conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
34420
Jueves 1 de junio de 2023
2. L
as aguas residuales irán a parar a la red de saneamiento municipal mediante una red de
recogida de las mismas.
- d - Medidas de protección y control de la contaminación acústica
1. L
as principales fuentes de emisión de ruidos del complejo industrial se indican en la siguiente tabla. En la misma, también se muestran los niveles de emisión de ruidos previstos.
Fuente sonora
Nivel de emisión, da (A)
Maquinaria del proceso de fabricación del hormigón
Limpieza de los vasos de las autohormigoneras
80
Tráfico de los vehículos de la planta
2. E
n la instalación industrial, no se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora
que provoque un nivel sonoro equivalente que sobrepase en el límite de propiedad, los
valores establecidos en el Decreto 19/1997, sobre Reglamentación de Ruidos y Vibraciones
de la Junta de Extremadura y el Real Decreto 1367/2007, por el que se desarrolla la Ley
37/2003, del ruido, en lo referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
- e - Medidas de prevención y reducción de la contaminación lumínica
1. L
as instalaciones y los aparatos de iluminación se ajustarán a lo dispuesto en el Real
Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas
complementarias.
2. S
e limitan las luminarias cuyas características de orientación, intensidad, cierre y apantallamiento puedan ocasionar deslumbramiento o intrusión lumínica. No se permiten las
luminarias con flujo de hemisferio superior.
- f - Plan de ejecución
1. E
n el caso de que el proyecto, instalación o actividad no comenzara a ejecutarse o desarrollarse en el plazo de cinco años, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la Dirección
General de Sostenibilidad (DGS), previa audiencia del titular, acordará la caducidad de la
AAU, conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 16/2015, de 23 de abril.