Consejería De Educación Y Empleo. Residencias No Universitarias. (2023050145)
Orden de 26 de mayo de 2023 por la que se convocan plazas en residencias escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos en el curso 2023/2024.
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NÚMERO 104
Jueves 1 de junio de 2023
34212
Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, que deberá emitir propuestas de
resolución a la Consejera de Educación y Empleo.
d) Seguimiento de las plazas concedidas a efectos de comprobar la adecuada ocupación de
las mismas.
Artículo 8. Criterios de selección.
Para atender las solicitudes de admisión en las residencias, cuando en éstas no existan plazas
suficientes, el orden de prioridad será el que se establece a continuación:
a) Alumnado de educación obligatoria, siendo prioritarios los de renovación frente a los de
nueva adjudicación. En caso de existir más alumnado de nueva adjudicación que plazas
restantes, se realizará la selección entre éstos en función del mejor resultado académico de cada alumno.
b) Alumnado de educación infantil, siendo prioritarios los de renovación frente a los de
nueva adjudicación. En caso de no disponibilidad de plazas el orden de prelación comenzará por la letra “G” conforme al resultado del sorteo público por Resolución 16
de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública (DOE num.54, de 20 de
marzo de 2023).
c) Alumnado de enseñanzas postobligatorias y de enseñanzas de régimen especial, de
acuerdo con el baremo establecido en el anexo V teniendo en cuenta, además, las características de cada residencia y la distribución proporcional del alumnado por grupos
de edad, siendo prioritarios los de renovación frente a los de nueva adjudicación.
Artículo 9. Resolución.
1. A la vista de los informes de la comisión de valoración, la Dirección General del Ente Público
Extremeño de Servicio Educativos Complementarios propondrá la resolución de concesión
de plazas a la Consejera de Educación y Empleo, en los siguientes plazos:
a) Antes del 30 de junio de 2023 para plazas de educación infantil y educación obligatoria.
b) Antes del 31 de agosto de 2023 para plazas de enseñanzas postobligatorias y enseñanzas de régimen especial.
c) La convocatoria extraordinaria, si procediera, deberá resolverse antes del 30 de septiembre de 2023, tanto para enseñanzas postobligatorias como para enseñanzas de
régimen especial.
Jueves 1 de junio de 2023
34212
Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, que deberá emitir propuestas de
resolución a la Consejera de Educación y Empleo.
d) Seguimiento de las plazas concedidas a efectos de comprobar la adecuada ocupación de
las mismas.
Artículo 8. Criterios de selección.
Para atender las solicitudes de admisión en las residencias, cuando en éstas no existan plazas
suficientes, el orden de prioridad será el que se establece a continuación:
a) Alumnado de educación obligatoria, siendo prioritarios los de renovación frente a los de
nueva adjudicación. En caso de existir más alumnado de nueva adjudicación que plazas
restantes, se realizará la selección entre éstos en función del mejor resultado académico de cada alumno.
b) Alumnado de educación infantil, siendo prioritarios los de renovación frente a los de
nueva adjudicación. En caso de no disponibilidad de plazas el orden de prelación comenzará por la letra “G” conforme al resultado del sorteo público por Resolución 16
de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública (DOE num.54, de 20 de
marzo de 2023).
c) Alumnado de enseñanzas postobligatorias y de enseñanzas de régimen especial, de
acuerdo con el baremo establecido en el anexo V teniendo en cuenta, además, las características de cada residencia y la distribución proporcional del alumnado por grupos
de edad, siendo prioritarios los de renovación frente a los de nueva adjudicación.
Artículo 9. Resolución.
1. A la vista de los informes de la comisión de valoración, la Dirección General del Ente Público
Extremeño de Servicio Educativos Complementarios propondrá la resolución de concesión
de plazas a la Consejera de Educación y Empleo, en los siguientes plazos:
a) Antes del 30 de junio de 2023 para plazas de educación infantil y educación obligatoria.
b) Antes del 31 de agosto de 2023 para plazas de enseñanzas postobligatorias y enseñanzas de régimen especial.
c) La convocatoria extraordinaria, si procediera, deberá resolverse antes del 30 de septiembre de 2023, tanto para enseñanzas postobligatorias como para enseñanzas de
régimen especial.