Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio Exterior. Subvenciones. (2023050146)
Orden de 25 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación en la formación práctica del programa de formación avanzada para técnicos de comercio exterior (Formacoex Plus).
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NÚMERO 104
34182
Jueves 1 de junio de 2023
TÍTULO III
Obligaciones del beneficiario y ejecución de la actividad subvencionada
Artículo 17. Periodo de ejecución.
El periodo de formación práctica de cada una de las líneas, desarrollado por la persona beneficiaria y que será objeto de subvención, vendrá definida en cada convocatoria, siendo de un
máximo de 8 meses para la línea FORMACOEX PLUS EXTREMADURA, y de un máximo de 5
meses para FORMACOEX PLUS EXTERIOR.
Artículo 18. Obligaciones.
1. L
a aceptación de la ayuda por parte de la persona beneficiaria conlleva el compromiso de
cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Realizar las actuaciones de conformidad con lo previsto en las presentes bases.
b) Comunicar al órgano concedente cualquier eventualidad sobrevenida en la actividad subvencionada y que afecte a su realización, que serán resueltos por el órgano concedente.
c) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento del objeto de la actividad subvencionable y de la finalidad determinada en la resolución de concesión de la subvención.
d) S
ujetarse a las acciones de control financiero que se lleven a cabo por los órganos competentes de la Junta de Extremadura, del Tribunal de Cuentas y, en su caso, de los correspondientes órganos de la Unión Europea, a tenor de la legalidad vigente reguladora de esta materia.
e) M
antener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado que permita una identificación correcta de las operaciones financiadas de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16 i) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
f) Para FORMACOEX PLUS EXTERIOR se exigen 3 meses de estancia presencial en el destino asignado.
g) Para FORMACOEX PLUS EXTERIOR, en destinos de la Unión Europea, Espacio Económico
Europeo, Reino Unido o Suiza, la persona beneficiaria deberá estar en posesión de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) con anterioridad a su desplazamiento al destino asignado.
h) P
ara FORMACOEX PLUS EXTERIOR, obligación de contratar un seguro de viajes y accidentes para el periodo de cobertura desde la salida del domicilio de residencia habitual
34182
Jueves 1 de junio de 2023
TÍTULO III
Obligaciones del beneficiario y ejecución de la actividad subvencionada
Artículo 17. Periodo de ejecución.
El periodo de formación práctica de cada una de las líneas, desarrollado por la persona beneficiaria y que será objeto de subvención, vendrá definida en cada convocatoria, siendo de un
máximo de 8 meses para la línea FORMACOEX PLUS EXTREMADURA, y de un máximo de 5
meses para FORMACOEX PLUS EXTERIOR.
Artículo 18. Obligaciones.
1. L
a aceptación de la ayuda por parte de la persona beneficiaria conlleva el compromiso de
cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Realizar las actuaciones de conformidad con lo previsto en las presentes bases.
b) Comunicar al órgano concedente cualquier eventualidad sobrevenida en la actividad subvencionada y que afecte a su realización, que serán resueltos por el órgano concedente.
c) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento del objeto de la actividad subvencionable y de la finalidad determinada en la resolución de concesión de la subvención.
d) S
ujetarse a las acciones de control financiero que se lleven a cabo por los órganos competentes de la Junta de Extremadura, del Tribunal de Cuentas y, en su caso, de los correspondientes órganos de la Unión Europea, a tenor de la legalidad vigente reguladora de esta materia.
e) M
antener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado que permita una identificación correcta de las operaciones financiadas de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16 i) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
f) Para FORMACOEX PLUS EXTERIOR se exigen 3 meses de estancia presencial en el destino asignado.
g) Para FORMACOEX PLUS EXTERIOR, en destinos de la Unión Europea, Espacio Económico
Europeo, Reino Unido o Suiza, la persona beneficiaria deberá estar en posesión de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) con anterioridad a su desplazamiento al destino asignado.
h) P
ara FORMACOEX PLUS EXTERIOR, obligación de contratar un seguro de viajes y accidentes para el periodo de cobertura desde la salida del domicilio de residencia habitual