Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062103)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Urbaser, SA, y su personal adscrito al Ecoparque de Villanueva de la Serena".
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 103
Miércoles 31 de mayo de 2023
34047
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA URBASER CON SU PERSONAL
ADSCRITO AL ECOPARQUE DE VILLANUEVA DE LA SERENA 2022-2023
CAPITULO I
Normas Generales
Artículo 1º. Ámbito funcional, personal y territorial.
El presente Convenio Colectivo es de ámbito de empresa y regula las relaciones laborales de
la empresa Urbaser, SA, concesionaria del Servicio de Explotación del Ecoparque de Villanueva de la Serena, con sus trabajadores/as/as adscritos al servicio y que se incluyan dentro de
los parámetros preceptuados en el artículo 1.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Se excluye del ámbito del presente Convenio aquellos trabajadores/as/as en quienes concurran algunos de los siguientes requisitos:
— El personal contratado de acuerdo con los artículos 1.3. c) y 2.1.a) del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores.
— Los empleados que ocupen cargos de especial confianza, responsabilidad, mando, competencia y/o que ostentan facultades de representación de la empresa que ocupen
puestos de trabajo de Dirección, Gerencia, Jefatura o similar que con independencia de
su denominación sean equivalentes a éstos.
Este personal será de libre designación para tales responsabilidades por los órganos de dirección de la empresa. Su relación laboral se regirá a través de las condiciones acordadas
en su contrato de trabajo y demás normas de general aplicación y, en su caso, por aquellas
condiciones que dada su especial condición le fuesen reconocidas y aplicadas por la Empresa.
Artículo 2º. Ámbito temporal.
El presente Convenio tendrá una duración de dos años, desde el 1 de enero de 2022 hasta el
31 de diciembre de 2023. Respecto a los efectos económicos del presente convenio, entrarán
igualmente en vigor el 1 de enero de 2022, por lo que las cantidades correspondientes a los
atrasos generados por este concepto se abonarán en la nómina del mes siguiente a su firma.
El Convenio se prorrogará de año en año en todo su contenido si no es denunciado por cualquiera de las partes con dos meses de antelación.
Miércoles 31 de mayo de 2023
34047
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA URBASER CON SU PERSONAL
ADSCRITO AL ECOPARQUE DE VILLANUEVA DE LA SERENA 2022-2023
CAPITULO I
Normas Generales
Artículo 1º. Ámbito funcional, personal y territorial.
El presente Convenio Colectivo es de ámbito de empresa y regula las relaciones laborales de
la empresa Urbaser, SA, concesionaria del Servicio de Explotación del Ecoparque de Villanueva de la Serena, con sus trabajadores/as/as adscritos al servicio y que se incluyan dentro de
los parámetros preceptuados en el artículo 1.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Se excluye del ámbito del presente Convenio aquellos trabajadores/as/as en quienes concurran algunos de los siguientes requisitos:
— El personal contratado de acuerdo con los artículos 1.3. c) y 2.1.a) del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores.
— Los empleados que ocupen cargos de especial confianza, responsabilidad, mando, competencia y/o que ostentan facultades de representación de la empresa que ocupen
puestos de trabajo de Dirección, Gerencia, Jefatura o similar que con independencia de
su denominación sean equivalentes a éstos.
Este personal será de libre designación para tales responsabilidades por los órganos de dirección de la empresa. Su relación laboral se regirá a través de las condiciones acordadas
en su contrato de trabajo y demás normas de general aplicación y, en su caso, por aquellas
condiciones que dada su especial condición le fuesen reconocidas y aplicadas por la Empresa.
Artículo 2º. Ámbito temporal.
El presente Convenio tendrá una duración de dos años, desde el 1 de enero de 2022 hasta el
31 de diciembre de 2023. Respecto a los efectos económicos del presente convenio, entrarán
igualmente en vigor el 1 de enero de 2022, por lo que las cantidades correspondientes a los
atrasos generados por este concepto se abonarán en la nómina del mes siguiente a su firma.
El Convenio se prorrogará de año en año en todo su contenido si no es denunciado por cualquiera de las partes con dos meses de antelación.