Presidencia De La Junta. Víctimas Del Terrorismo. Medallas. (2023062094)
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se concede un nuevo plazo de presentación de solicitudes para la concesión de las Medallas a las víctimas del terrorismo y a la defensa de las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023

III

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OTRAS RESOLUCIONES
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que
se concede un nuevo plazo de presentación de solicitudes para la concesión
de las Medallas a las víctimas del terrorismo y a la defensa de las víctimas de
terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2023062094)
La Ley 2/2020, de 4 de marzo, de apoyo, asistencia y reconocimiento a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se promulgó, entre otras finalidades, al
objeto de rendir testimonio de honor y reconocimiento a quienes hubiesen padecido directa o
indirectamente actos terroristas.
A estos efectos, dedica su título VI a la memoria y al reconocimiento de las víctimas y establece, en su artículo 42, dos distinciones honoríficas, la “Medalla a las víctimas del terrorismo
de la Comunidad Autónoma de Extremadura” y la “Medalla a la defensa de las víctimas del
terrorismo de la comunidad autónoma de Extremadura”, que permiten homenajear tanto a
las víctimas de terrorismo como a las personas, instituciones o entidades que se hayan distinguido por sus actuaciones en la lucha contra el terrorismo y la defensa a las víctimas de
terrorismo, como muestra de solidaridad y reconocimiento de la sociedad extremeña.
En desarrollo de dicho precepto, el Decreto 137/2022, de 16 de noviembre, regula las distinciones honoríficas a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma y su procedimiento
de concesión, el cual podrá iniciarse de oficio por la Administración o a instancia de cualquier
persona, entidad, asociación o institución de la Comunidad Autónoma, estableciendo un plazo
para la presentación de las solicitudes desde el 1 de enero hasta el 20 de febrero de cada año
natural.
Así, mediante Decreto del Presidente 2/2023, de 17 de mayo (DOE n.º 94 de 18 de mayo),
se concedió la Medalla a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma a las personas solicitantes una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos para la
concesión de la citada distinción. Asimismo, mediante Decreto del Presidente 3/2023, de 17
de mayo, se concedió la Medalla a la defensa de las víctimas del terrorismo a la Federación
Extremeña de Hermandades de Donantes de Sangre.
No obstante, finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se constata la existencia de
numerosas solicitudes presentadas fuera del plazo inicialmente establecido al efecto, así como
el interés de muchos ciudadanos en la concesión de los referidos galardones, bien en su con-