Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062038)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 23,49 hectáreas de olivar", cuyo promotor es D. Antonio Medina Torres, en el término municipal de Zalamea de la Serena (Badajoz). Expte.: IA19/0756.
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023
33831
11. E
l promotor deberá contar con las autorizaciones pertinentes para el paso de las
conducciones desde el cabezal de riego hasta los distintos sectores de riego que
tengan que atravesar parcelas de las que no sea propietario o caminos públicos o
privados.
12. P
ara reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los caminos cuando el terreno circunstancialmente se encuentre cargado con exceso de
agua.
13. Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas
en el proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de
préstamos, acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar con
las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
14. N
o se realizarán nuevos accesos ni modificaciones de caminos u otras posibles instalaciones auxiliares existentes, líneas eléctricas, cerramientos, charcas, depósitos,
etc. Si se decidiera realizar alguna de estas actuaciones, se deberá comunicar de
manera previa al órgano ambiental para evaluar su idoneidad.
15. Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus
zonas e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así como evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo.
No deberán quedar, bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como plásticos, hormigón, tierras, etc., debiendo proceder a depositarlos según la legislación
correspondiente. La totalidad de las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.
16. L
a vegetación de los arroyos no se verá afectada por ninguna operación agrícola
ni recreativa y no se realizarán quemas en su zona de influencia. No empleándose
herbicidas en las labores de limpieza de la vegetación por el alto riesgo de contaminación de las aguas públicas y el daño a la fauna silvestre existente.
17. N
o se podrá verter ningún tipo de residuo directamente a ningún cauce, o sobre
cualquier zona del terreno en el que la infiltración natural dirija los vertidos a cauces
o zonas de ribera. En ningún momento se interrumpirá el cauce natural del agua.
18. S
e controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria con
su continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.
Martes 30 de mayo de 2023
33831
11. E
l promotor deberá contar con las autorizaciones pertinentes para el paso de las
conducciones desde el cabezal de riego hasta los distintos sectores de riego que
tengan que atravesar parcelas de las que no sea propietario o caminos públicos o
privados.
12. P
ara reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los caminos cuando el terreno circunstancialmente se encuentre cargado con exceso de
agua.
13. Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas
en el proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de
préstamos, acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar con
las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
14. N
o se realizarán nuevos accesos ni modificaciones de caminos u otras posibles instalaciones auxiliares existentes, líneas eléctricas, cerramientos, charcas, depósitos,
etc. Si se decidiera realizar alguna de estas actuaciones, se deberá comunicar de
manera previa al órgano ambiental para evaluar su idoneidad.
15. Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus
zonas e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así como evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo.
No deberán quedar, bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como plásticos, hormigón, tierras, etc., debiendo proceder a depositarlos según la legislación
correspondiente. La totalidad de las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.
16. L
a vegetación de los arroyos no se verá afectada por ninguna operación agrícola
ni recreativa y no se realizarán quemas en su zona de influencia. No empleándose
herbicidas en las labores de limpieza de la vegetación por el alto riesgo de contaminación de las aguas públicas y el daño a la fauna silvestre existente.
17. N
o se podrá verter ningún tipo de residuo directamente a ningún cauce, o sobre
cualquier zona del terreno en el que la infiltración natural dirija los vertidos a cauces
o zonas de ribera. En ningún momento se interrumpirá el cauce natural del agua.
18. S
e controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria con
su continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.