Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062038)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 23,49 hectáreas de olivar", cuyo promotor es D. Antonio Medina Torres, en el término municipal de Zalamea de la Serena (Badajoz). Expte.: IA19/0756.
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023
33821
la afección ambiental producida por el proyecto, y de manera específica sobre el hábitat
de interés comunitario formado por dehesas 6310, presente tanto en la zona de actuación como en su entorno más inmediato, se deberá tener en cuenta en el seguimiento
del programa y vigilancia ambiental de este Informe. Se concluye, no previéndose
afecciones sobre los lugares Red Natura y otras Áreas Protegidas, ni sobre sus valores
ambientales y naturales, así como tampoco se prevén afecciones significativas sobre
especies o hábitats protegidos.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Dado que la zona de actuación está atravesada por un arroyo tributario del arroyo del
Gato, el cuales debe ser atravesado por la red de riego, hay que tener en cuenta que
los ríos y arroyos funcionan como corredores ecológicos y de biodiversidad, por lo que
siempre se debe respetar su continuidad, tanto lateral como longitudinal. Estos cruces
subterráneos deben garantizar, tanto el trazado en planta de los cauces que constituyen
el DPH del Estado, como su régimen de caudales. En cualquier caso, se necesitará la
oportuna autorización del órgano de cuenca para las actuaciones que se efectúen en
zona de DPH y de policía de aguas.
En cuanto al consumo de agua, estimado en 43.916,4 m3/año, procedente de dos pozos de sondeo, la Confederación Hidrográfica del Guadiana indica que la solicitud de
concesión de aguas subterráneas se considera compatible con el Plan Hidrológico de
cuenca con las limitaciones incluidas en el presente Informe, siempre que se acrediten los recursos hídricos suficientes, estando, en cualquier caso, a lo dispuesto en la
correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión de aguas
subterráneas para riego solicitada por el promotor.
Uno de los pozos está alejado de la zona de policía de aguas del arroyo que atraviesa la
zona de actuación, mientras que el situado en la parcela 233 limita con dicha zona, por lo
que, en cualquier caso, dado el carácter estacional del cauce y que no dispone de una vegetación riparia relevante, salvo algunas encinas dispersas en sus márgenes, no se espera
afección a los factores ambientales (vegetación, hábitats naturales, fauna, etc.) directa o
indirectamente dependientes del normal comportamiento hidráulico de dicho cauce.
Al tratarse de una transformación a regadío, aumenta la probabilidad de que elementos
contaminantes lleguen a alguna masa de agua (superficial y/o subterránea), en este
caso la zona está en el sistema de Explotación Central, pero fuera de las MASb. Entre
los elementos contaminantes se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de
nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los asumen la vegetación o la
tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a la red de drenaje natural.
Martes 30 de mayo de 2023
33821
la afección ambiental producida por el proyecto, y de manera específica sobre el hábitat
de interés comunitario formado por dehesas 6310, presente tanto en la zona de actuación como en su entorno más inmediato, se deberá tener en cuenta en el seguimiento
del programa y vigilancia ambiental de este Informe. Se concluye, no previéndose
afecciones sobre los lugares Red Natura y otras Áreas Protegidas, ni sobre sus valores
ambientales y naturales, así como tampoco se prevén afecciones significativas sobre
especies o hábitats protegidos.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Dado que la zona de actuación está atravesada por un arroyo tributario del arroyo del
Gato, el cuales debe ser atravesado por la red de riego, hay que tener en cuenta que
los ríos y arroyos funcionan como corredores ecológicos y de biodiversidad, por lo que
siempre se debe respetar su continuidad, tanto lateral como longitudinal. Estos cruces
subterráneos deben garantizar, tanto el trazado en planta de los cauces que constituyen
el DPH del Estado, como su régimen de caudales. En cualquier caso, se necesitará la
oportuna autorización del órgano de cuenca para las actuaciones que se efectúen en
zona de DPH y de policía de aguas.
En cuanto al consumo de agua, estimado en 43.916,4 m3/año, procedente de dos pozos de sondeo, la Confederación Hidrográfica del Guadiana indica que la solicitud de
concesión de aguas subterráneas se considera compatible con el Plan Hidrológico de
cuenca con las limitaciones incluidas en el presente Informe, siempre que se acrediten los recursos hídricos suficientes, estando, en cualquier caso, a lo dispuesto en la
correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión de aguas
subterráneas para riego solicitada por el promotor.
Uno de los pozos está alejado de la zona de policía de aguas del arroyo que atraviesa la
zona de actuación, mientras que el situado en la parcela 233 limita con dicha zona, por lo
que, en cualquier caso, dado el carácter estacional del cauce y que no dispone de una vegetación riparia relevante, salvo algunas encinas dispersas en sus márgenes, no se espera
afección a los factores ambientales (vegetación, hábitats naturales, fauna, etc.) directa o
indirectamente dependientes del normal comportamiento hidráulico de dicho cauce.
Al tratarse de una transformación a regadío, aumenta la probabilidad de que elementos
contaminantes lleguen a alguna masa de agua (superficial y/o subterránea), en este
caso la zona está en el sistema de Explotación Central, pero fuera de las MASb. Entre
los elementos contaminantes se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de
nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los asumen la vegetación o la
tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a la red de drenaje natural.