Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062042)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 11,7503 ha de viñas", cuya promotora es Las Caballeras 1906, SL, en el término municipal de Villafranca de los Barros (Badajoz). Expte.: IA21/1850.
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023

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las Zonas de Alto Riesgo o de Protección Preferente en materia de incendios forestales
y en función de la zonificación establecida como consecuencia del riesgo potencial de
incendios en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Señalan una serie de medidas
que se incorporan al presente Informe.
— El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Política Forestal
señala que las ortofotos históricas confirman que se trata de parcelas agrícolas (cultivo leñoso permanente) desde hace tiempo, concluyendo que la afección forestal de la
puesta en riego es mínima e informando favorablemente.
— La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural señala que no se ha
recibido en esa Dirección General, por parte del equipo redactor del proyecto, consultas
sobre los posibles valores patrimoniales existentes en el área de afección del mismo,
ni la documentación aportada contiene ninguna valoración y análisis sobre al patrimonio cultural que pudiera verse afectado por la implantación, no identificando posibles
impactos potenciales. Dada la extensión del proyecto presentado, la presencia en las
proximidades de la parcela de los yacimientos denominados: “Las Vegas” (YAC73589),
“Colmenares” (YAC73481) y “Cortijo de los Pajares de las Vegas (YAC73490) y de cara
a caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no detectado en superficie, que pudiera verse afectado durante el transcurso de las obras, se
deberán llevar a cabo una serie de medidas preventivas, con carácter previo a la ejecución de las obras, que se adicionan al presente Informe.
— El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio informa que, a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre instrumento de ordenación territorial aprobado (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial
de Extremadura, con modificaciones posteriores, y Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, con modificaciones posteriores) en el ámbito de la consulta, ni alguna otra consideración que se pueda aportar
referidas a aspectos ambientales.
— El Servicio de Infraestructuras del Medio Rural de la Secretaría General de Población y
Desarrollo Rural informa que, una vez estudiada la documentación aportada, el proyecto
es colindante a la vía pecuaria “Vereda de la Calzada Romana”, cuyo deslinde se publicó
en el DOE n.º 59, de 27 de marzo de 2008.
— La Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe respecto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos
de dominio público hidráulico (DPH) y en sus zonas de servidumbre y policía, a la exis-