Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062064)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo".
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NÚMERO 102
33729
Martes 30 de mayo de 2023
CONVENIO DE EMPRESA DE LA COMUNIDAD GENERAL DE USUARIOS
CANAL DE MONTIJO 2022-2025
CAPÍTULO I
Identificación
Artículo 1. Naturaleza jurídica del convenio, eficacia y alcance obligacional.
El presente convenio de trabajo es el resultado de la libre negociación entre las partes firmantes para la redacción del Convenio de Empresa específico para la Comunidad General de
Usuarios del Canal de Montijo.
El presente convenio de empresa será de aplicación al personal laboral de la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo, en sus ámbitos funcional, personal y territorial.
Artículo 2. Partes firmantes del presente convenio.
Son partes firmantes del presente Convenio de la Comunidad General de Usuarios del Canal
de Montijo, de una parte, el representante sindical de los trabajadores de la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo, como representación de las personas trabajadoras, y,
de otra parte, la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo.
Ambas partes se reconocen mutuamente legitimación para negociar el presente convenio de
empresa.
Artículo 3. Ámbito funcional.
El presente Convenio regula las condiciones de trabajo entre la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo y todas las personas trabajadoras de dicha entidad.
Al ser la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo, entidad de derecho público y
ámbito privado, adscrita al Organismo de cuenca, este convenio será de aplicación única y
exclusivamente en el ámbito de la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo.
Artículo 4. Ámbito personal.
Las presentes condiciones de trabajo afectarán a todo el personal laboral contratado en la
Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo.
Artículo 5. Ámbito temporal y denuncia del convenio.
El presente convenio entrará en vigor a la fecha de su firma, sin perjuicio de la aplicación de
las tablas salariales y el resto de materias que expresamente lo señalen que será desde el 1
de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2025.
33729
Martes 30 de mayo de 2023
CONVENIO DE EMPRESA DE LA COMUNIDAD GENERAL DE USUARIOS
CANAL DE MONTIJO 2022-2025
CAPÍTULO I
Identificación
Artículo 1. Naturaleza jurídica del convenio, eficacia y alcance obligacional.
El presente convenio de trabajo es el resultado de la libre negociación entre las partes firmantes para la redacción del Convenio de Empresa específico para la Comunidad General de
Usuarios del Canal de Montijo.
El presente convenio de empresa será de aplicación al personal laboral de la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo, en sus ámbitos funcional, personal y territorial.
Artículo 2. Partes firmantes del presente convenio.
Son partes firmantes del presente Convenio de la Comunidad General de Usuarios del Canal
de Montijo, de una parte, el representante sindical de los trabajadores de la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo, como representación de las personas trabajadoras, y,
de otra parte, la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo.
Ambas partes se reconocen mutuamente legitimación para negociar el presente convenio de
empresa.
Artículo 3. Ámbito funcional.
El presente Convenio regula las condiciones de trabajo entre la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo y todas las personas trabajadoras de dicha entidad.
Al ser la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo, entidad de derecho público y
ámbito privado, adscrita al Organismo de cuenca, este convenio será de aplicación única y
exclusivamente en el ámbito de la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo.
Artículo 4. Ámbito personal.
Las presentes condiciones de trabajo afectarán a todo el personal laboral contratado en la
Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo.
Artículo 5. Ámbito temporal y denuncia del convenio.
El presente convenio entrará en vigor a la fecha de su firma, sin perjuicio de la aplicación de
las tablas salariales y el resto de materias que expresamente lo señalen que será desde el 1
de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2025.