Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Ayudas. (2023061868)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a las personas trabajadoras afectadas por los expedientes de regulación temporal de empleo acogidos al Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilización del Empleo o por causa de fuerza mayor temporal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023
33896
Cuarto. Forma y plazo de presentación de las solicitudes. Subsanación.
1. La tramitación del procedimiento se realizará a través de medios electrónicos si lo decide
el interesado de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Las solicitudes, se formalizarán de acuerdo con los formularios de solicitud de la ayuda,
que se establecen como anexo I, y deberán adjuntar los documentos que correspondan, e
irán dirigidas a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo, pudiendo
presentarse:
a) De forma electrónica, a través del registro electrónico general de la sede electrónica de
la Junta de Extremadura, en la siguiente dirección
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf utilizando el modelo
normalizado de solicitud disponible en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/estructura/sede.jsf , junto con la documentación que
deba acompañarse, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la
misma y se cumplimentará utilizando dicha herramienta informática y según las instrucciones establecidas. La información del trámite estará disponible en el punto de
acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro
del correspondiente trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica
para formular la solicitud.
b) De forma presencial en cualquiera de los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones
Públicas. En este caso los modelos estarán disponibles en https://www.juntaex.es , dentro
del correspondiente trámite donde se tendrá acceso a los modelos para su cumplimentación.
3. Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, que será de un año a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, de la
presente resolución de convocatoria y del extracto de la misma, las personas interesadas
deberán solicitar la ayuda dentro del plazo de dos meses a contar desde la finalización del
expediente de regulación temporal de empleo.
Se habilita un plazo de extraordinario, de 2 meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de esta convocatoria, para la presentación de solicitudes relativas
a expedientes de regulación temporal de empleo finalizados con anterioridad al plazo de
vigencia de la presente convocatoria.
4. En el caso de presentación de solicitud de manera telemática y de acuerdo con el Decreto
225/2014 de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Junta
Martes 30 de mayo de 2023
33896
Cuarto. Forma y plazo de presentación de las solicitudes. Subsanación.
1. La tramitación del procedimiento se realizará a través de medios electrónicos si lo decide
el interesado de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Las solicitudes, se formalizarán de acuerdo con los formularios de solicitud de la ayuda,
que se establecen como anexo I, y deberán adjuntar los documentos que correspondan, e
irán dirigidas a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo, pudiendo
presentarse:
a) De forma electrónica, a través del registro electrónico general de la sede electrónica de
la Junta de Extremadura, en la siguiente dirección
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf utilizando el modelo
normalizado de solicitud disponible en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/estructura/sede.jsf , junto con la documentación que
deba acompañarse, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la
misma y se cumplimentará utilizando dicha herramienta informática y según las instrucciones establecidas. La información del trámite estará disponible en el punto de
acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro
del correspondiente trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica
para formular la solicitud.
b) De forma presencial en cualquiera de los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones
Públicas. En este caso los modelos estarán disponibles en https://www.juntaex.es , dentro
del correspondiente trámite donde se tendrá acceso a los modelos para su cumplimentación.
3. Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, que será de un año a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, de la
presente resolución de convocatoria y del extracto de la misma, las personas interesadas
deberán solicitar la ayuda dentro del plazo de dos meses a contar desde la finalización del
expediente de regulación temporal de empleo.
Se habilita un plazo de extraordinario, de 2 meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de esta convocatoria, para la presentación de solicitudes relativas
a expedientes de regulación temporal de empleo finalizados con anterioridad al plazo de
vigencia de la presente convocatoria.
4. En el caso de presentación de solicitud de manera telemática y de acuerdo con el Decreto
225/2014 de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Junta