Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Plan Infoex. (2023050143)
Orden de 25 de mayo de 2023 por la que se establece la época de peligro alto de incendios forestales del Plan INFOEX, se regula el uso del fuego y las actividades que puedan provocar o elevar el riesgo de incendios durante dicha época en el año 2023.
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023

33705

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO

ORDEN de 25 de mayo de 2023 por la que se establece la época de peligro
alto de incendios forestales del Plan INFOEX, se regula el uso del fuego y
las actividades que puedan provocar o elevar el riesgo de incendios durante
dicha época en el año 2023. (2023050143)
La Ley 5/2004, de 24 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales en Extremadura, faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de incendios
forestales para establecer anualmente, mediante orden, las fechas correspondientes a cada
Época de Peligro. Asimismo, delimita las competencias y obligaciones de Administraciones,
propietarios y titulares en relación con la planificación preventiva, definiendo un conjunto de
instrumentos de prevención que vienen a desarrollarse en el Plan PREIFEX.
La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes establece en su artículo 48 punto 6 prohibiciones y limitaciones mínimas en función del riesgo incendio.
Por otra parte, el Decreto 132/2022, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Lucha
contra Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX) extiende la vigencia de este Plan
a todo el año, y establece la Época de Peligro Alto como aquella en la que, por las condiciones
meteorológicas, los riesgos de producción de incendios forestales sean potencialmente elevados y aconsejen un despliegue máximo de los medios existentes.
Asimismo, el Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los
Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan PREIFEX) desarrolla
los instrumentos de prevención de incendios forestales y faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de incendios forestales para regular aspectos de la prevención
mediante las respectivas órdenes de declaración de Época de Peligro de Incendios Forestales.
Finalmente, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, mantiene la regulación sobre las eliminación de restos vegetales mediante
quemas, dispensando de dicha regulación a las pequeñas y microexplotaciones agrarias y
permitiendo la quema, así como de residuos vegetales generados en el entorno agrario o
silvícola, cuando cuenten con la correspondiente autorización del órgano competente de las
Comunidades Autónomas, bien por razones de carácter fitosanitario que no sea posible abordar con otro tipo de tratamiento, motivando adecuadamente que no existen otros medios para
evitar la propagación de plagas, bien con el objeto de prevenir los incendios.
Por todo ello, y en virtud de las competencias que en materia de incendios forestales tiene
atribuida la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.