Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Parques Periurbanos De Conservación Y Ocio. (2023040109)
Decreto 66/2023, de 24 de mayo, por el que se declara el Parque Periurbano de Conservación y Ocio "Dehesa de la Luz", en el término municipal de Arroyo de la Luz.
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023
33592
Artículo 2. Ámbito territorial.
El Parque Periurbano de Conservación y Ocio “Dehesa de la Luz” ocupa una superficie de
980,19 ha (según medición en sistema geodésico ETRS89 H30). Se sitúa íntegramente en el
término municipal de Arroyo de la Luz (Cáceres), e incluye treinta y seis parcelas pertenecientes a seis polígonos de dicho término municipal.
El espacio natural protegido limita al norte con la finca “Saguazal de San Bartolomé”, al sur
con la vía pecuaria “Cordel de Arroyo de la Luz a Brozas”; al este con la finca “Corral de viñas”,
y al oeste, con la finca denominada “Los Baldíos”, del término municipal de Brozas.
En el anexo I se adjunta un plano con la delimitación del Parque Periurbano de Conservación
y Ocio “Dehesa de la Luz”. En los anexos II y III se adjuntan, respectivamente, la relación
de referencias catastrales de las parcelas incluidas en el ámbito territorial del espacio natural
protegido y la relación de coordenadas (ETRS89; Huso 30) de los vértices que lo delimitan.
Artículo 3. Finalidad y objetivos.
El Parque Periurbano de Conservación y Ocio “Dehesa de la Luz” tiene como finalidad aunar la
conservación de los valores naturales presentes en el espacio con el desarrollo de actividades
de índole socio-recreativa, sensibilización y educación ambiental, en armonía con los derechos
y usos tradicionales existentes. Su declaración tiene como objetivos básicos:
a. Proteger y conservar los valores naturales presentes en el espacio, especialmente los
elementos más frágiles y singulares, así como sus procesos ecológicos básicos. Restaurarlos cuando sea preciso.
b. F
ortalecer la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, enriqueciéndola y mejorando la
conectividad entre las distintas áreas protegidas que la forman, a través de la integración del espacio natural protegido en la misma.
c. Propiciar formas de uso y disfrute del espacio natural protegido de forma compatible con
la conservación de sus valores naturales.
d. P
romover la dotación de infraestructuras básicas de uso público que permitan su utilización por parte de la población.
e. Facilitar el desarrollo de actividades de investigación, sensibilización y educación ambiental.
f. I mplicar a los habitantes del entorno en el mantenimiento y la conservación del Espacio
Natural Protegido y de sus valores ambientales y recreativos.
Martes 30 de mayo de 2023
33592
Artículo 2. Ámbito territorial.
El Parque Periurbano de Conservación y Ocio “Dehesa de la Luz” ocupa una superficie de
980,19 ha (según medición en sistema geodésico ETRS89 H30). Se sitúa íntegramente en el
término municipal de Arroyo de la Luz (Cáceres), e incluye treinta y seis parcelas pertenecientes a seis polígonos de dicho término municipal.
El espacio natural protegido limita al norte con la finca “Saguazal de San Bartolomé”, al sur
con la vía pecuaria “Cordel de Arroyo de la Luz a Brozas”; al este con la finca “Corral de viñas”,
y al oeste, con la finca denominada “Los Baldíos”, del término municipal de Brozas.
En el anexo I se adjunta un plano con la delimitación del Parque Periurbano de Conservación
y Ocio “Dehesa de la Luz”. En los anexos II y III se adjuntan, respectivamente, la relación
de referencias catastrales de las parcelas incluidas en el ámbito territorial del espacio natural
protegido y la relación de coordenadas (ETRS89; Huso 30) de los vértices que lo delimitan.
Artículo 3. Finalidad y objetivos.
El Parque Periurbano de Conservación y Ocio “Dehesa de la Luz” tiene como finalidad aunar la
conservación de los valores naturales presentes en el espacio con el desarrollo de actividades
de índole socio-recreativa, sensibilización y educación ambiental, en armonía con los derechos
y usos tradicionales existentes. Su declaración tiene como objetivos básicos:
a. Proteger y conservar los valores naturales presentes en el espacio, especialmente los
elementos más frágiles y singulares, así como sus procesos ecológicos básicos. Restaurarlos cuando sea preciso.
b. F
ortalecer la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, enriqueciéndola y mejorando la
conectividad entre las distintas áreas protegidas que la forman, a través de la integración del espacio natural protegido en la misma.
c. Propiciar formas de uso y disfrute del espacio natural protegido de forma compatible con
la conservación de sus valores naturales.
d. P
romover la dotación de infraestructuras básicas de uso público que permitan su utilización por parte de la población.
e. Facilitar el desarrollo de actividades de investigación, sensibilización y educación ambiental.
f. I mplicar a los habitantes del entorno en el mantenimiento y la conservación del Espacio
Natural Protegido y de sus valores ambientales y recreativos.