Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040085)
Decreto 43/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023

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Artículo 29. Pérdida del derecho a la ayuda y procedimiento de reintegro y revocación de la ayuda.
1. S
 in perjuicio de otras responsabilidades a que hubiera lugar, procederá la pérdida total o
parcial del derecho al cobro o a la revocación de la ayuda y, en su caso, la exigencia del
reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro de la ayuda
concedida, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Incumplimiento total o parcial del fin u objetivos que fundamentan la concesión de la
subvención.
b) Falseamiento de las condiciones requeridas para obtener la ayuda o por ocultar aquellas
condiciones que hubieran impedido su obtención.
c) Incumplimiento de las condiciones y obligaciones establecidas en el presente decreto,
así como en la respectiva convocatoria y las reflejadas en la resolución de concesión.
d) No suscripción del contrato predoctoral o su no incorporación al centro en el plazo establecido.
e) C
 ambios en la ejecución del proyecto sin autorización previa del órgano gestor de la
ayuda.
f) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los términos establecidos en el artículo 35 de la Ley 6/2011.
g) Oposición por obstaculizar las actuaciones de comprobación y control a efectuar por el
órgano concedente u otro órgano de control financiero, así como no aportar la documentación justificativa de la aplicación de los fondos recibidos.
h) N
 o comunicación al órgano gestor de la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la no comunicación de contratos predoctorales ya disfrutados por parte del personal en formación.
i) No superar favorablemente la evaluación anual realizada por la comisión académica del
programa de doctorado de la actividad desarrollada por el personal investigador predoctoral en formación, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa.
j) No adoptar las medidas de información y publicidad contempladas en el presente decreto.
k) Cualesquiera otras establecidas en la resolución de concesión y el artículo 43 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.