Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040085)
Decreto 43/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.
68 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023

33476

c) Todas las incidencias justificadas que puedan dar lugar a una modificación de la resolución de concesión deberán ser solicitadas por el Agente SECTI beneficiario al órgano
gestor a través de su expediente en la sede electrónica junto con la documentación que
proceda, utilizando el trámite disponible a estos efectos, en el plazo de un mes desde
que se produzca la incidencia.
2. Otras modificaciones.
Cualquier otra incidencia justificada en la actividad investigadora que pudieran tener lugar durante el desarrollo de la tesis, serán comunicadas al órgano gestor a través de su
expediente en la sede electrónica junto con la documentación que justifique tales circunstancias, que las autorizará en el plazo máximo de un mes, sin que suponga modificación
de la resolución de concesión. Dichas incidencias no podrán suponer una alteración de las
condiciones técnicas o económicas esenciales tenidas en cuenta para la concesión de la
ayuda.
Artículo 21. Publicidad de las ayudas.
Las ayudas concedidas se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index),
indicando la convocatoria, programa y crédito presupuestario al cual se han imputado, el Agente
SECTI beneficiario, la ayuda concedida y finalidad de la misma, las menciones de identificación y
publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que le sea de aplicación. Igualmente, se
publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.subvenciones.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/625695), de conformidad con
el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las ayudas concedidas también serán publicadas en el Portal Electrónico de la Transparencia
y la Participación Ciudadana
(https://transparencia.gob.es/transparencia/transparencia_Home/index/Participacion),

de

conformidad con el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es/).
Artículo 22. Obligaciones de los beneficiarios de las ayudas.
1. El Agente SECTI beneficiario tendrá las siguientes obligaciones:
a) Formalizar el contrato predoctoral en los términos establecido en el 3.2 de este decreto, con el personal investigador predoctoral en formación propuesto, de acuerdo con la
legislación laboral vigente y con la duración, retribución salarial y demás características
según lo previsto en el presente decreto, así como en el Real Decreto 103/2019, de 1