Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Cooperación Empresarial. Ayudas. (2023080907)
Anuncio de 23 de mayo de 2023 por el que se da publicidad a la concesión de subvenciones a pymes y asociaciones empresariales, legalmente constituidas, y sin ánimo de lucro, para el desarrollo de programas de cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el año 2022.
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023
V
33910
ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
ANUNCIO de 23 de mayo de 2023 por el que se da publicidad a la concesión de
subvenciones a pymes y asociaciones empresariales, legalmente constituidas,
y sin ánimo de lucro, para el desarrollo de programas de cooperación
empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el año 2022.
(2023080907)
El Decreto 95/2017, de 27 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las
ayudas destinadas al fomento de la cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, (DOE número 126, de 3 de julio), tiene por objeto la financiación de los gastos,
originados por la realización de proyectos colaborativos entre al menos tres pymes independientes, así como, los originados por el desarrollo de proyectos que persigan la creación y/o
consolidación de agrupaciones empresariales innovadoras.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva
mediante convocatoria abierta.
En cumplimiento de lo establecido en las bases reguladoras, el día 19 de mayo de 2022 se
publicó en el Diario Oficial de Extremadura la Resolución de 6 de mayo de 2022, por la que
se convocan las subvenciones destinadas al fomento de la cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura en la anualidad 2022, por un importe de 400.000 euros,
200.000,00 euros con cargo al presupuesto de la anualidad 2022 y los restantes 200.000,00
euros con cargo a la anualidad 2023.
La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 17.1 que los órganos administrativos concedentes publicarán en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las
subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación.
Igualmente, el artículo 20 de la misma ley, en su párrafo segundo señala que se publicarán
en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las subvenciones
concedidas a que se refiere el artículo 17.1.
Martes 30 de mayo de 2023
V
33910
ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
ANUNCIO de 23 de mayo de 2023 por el que se da publicidad a la concesión de
subvenciones a pymes y asociaciones empresariales, legalmente constituidas,
y sin ánimo de lucro, para el desarrollo de programas de cooperación
empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el año 2022.
(2023080907)
El Decreto 95/2017, de 27 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las
ayudas destinadas al fomento de la cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, (DOE número 126, de 3 de julio), tiene por objeto la financiación de los gastos,
originados por la realización de proyectos colaborativos entre al menos tres pymes independientes, así como, los originados por el desarrollo de proyectos que persigan la creación y/o
consolidación de agrupaciones empresariales innovadoras.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva
mediante convocatoria abierta.
En cumplimiento de lo establecido en las bases reguladoras, el día 19 de mayo de 2022 se
publicó en el Diario Oficial de Extremadura la Resolución de 6 de mayo de 2022, por la que
se convocan las subvenciones destinadas al fomento de la cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura en la anualidad 2022, por un importe de 400.000 euros,
200.000,00 euros con cargo al presupuesto de la anualidad 2022 y los restantes 200.000,00
euros con cargo a la anualidad 2023.
La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 17.1 que los órganos administrativos concedentes publicarán en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las
subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación.
Igualmente, el artículo 20 de la misma ley, en su párrafo segundo señala que se publicarán
en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las subvenciones
concedidas a que se refiere el artículo 17.1.