Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Desarrollo Rural. Ayudas. (2023061965)
Resolución de 17 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas para la mejora de las infraestructuras y la productividad de fincas rústicas de propiedad municipal, para el año 2023.
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NÚMERO 100
Viernes 26 de mayo de 2023



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— No estar incurso en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario conforme
a lo estipulado en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



— La existencia o no de solicitud o concesión de ayudas, ingresos o recursos para la
misma finalidad procedentes de cualesquiera Administración o ente público o privado,
nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales, indicando, en su caso
el importe concedido y la entidad concedente, así como el origen de la financiación.



— Asimismo, en las solicitudes que se acojan a la línea 2, o que acogiéndose a la línea
1, la actuación suponga la contratación de trabajadores, además de las anteriores,
el compromiso de la entidad de contratar de manera indefinida a jornada completa
al personal incluido en la solicitud y mantener el puesto de trabajo durante al menos
cinco años.

d. E
 l órgano gestor recabará de oficio los siguientes certificados si el solicitante lo autoriza
expresamente marcando al efecto las casillas correspondientes del apartado que en este
sentido se ofrecen en el modelo de solicitud del anexo, debiendo el interesado, en otro
caso, presentar los certificados correspondientes que serán válidos dentro del plazo de
seis meses a contar desde la fecha de expedición:


— Certificados de estar al corriente con la Hacienda autonómica y con la Seguridad
Social, de conformidad con el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



— Certificado de estar al corriente con la Hacienda estatal, de conformidad con el artículo 95.1,k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

2. L
 as solicitudes que se acojan a la línea 1 deberán aportar, además de la documentación
recogida en el punto anterior, un Plan Productivo, conforme modelo anexo IV de esta resolución.
Igualmente, las solicitudes que se acojan a la línea 2 deberán aportar, además de la documentación recogida en el apartado 1 del presente resuelvo, un Plan de Aprovechamiento y
Mejora, conforme anexo V. Este plan de mejora deberá demostrar que las inversiones están justificadas desde el punto de vista de la situación de la explotación y de su economía,
y que su realización supondrá una mejora duradera de tal situación.
3. D
 e conformidad con el artículo 23.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las solicitudes de los interesados se acompañaran de los documentos expresados anteriormente, salvo que los mismos ya estuvieran