Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Concurso De Traslados. (2023050136)
Orden de 19 de mayo de 2023 por la que se aprueban las bases generales aplicables a las convocatorias de provisión de puestos de trabajo vacantes no singularizados de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso permanente y abierto y primera convocatoria.
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NÚMERO 99
Jueves 25 de mayo de 2023

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Las Secretarías Generales de cada Consejería facilitarán los medios técnicos necesarios
para acceder a la solicitud del concurso a aquel personal funcionario que no disponga de
ordenador con conexión a Internet en el desempeño habitual de sus funciones.
2. Las solicitudes se dirigirán a la Excma. Sra. Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacien­
da y Administración Pública y contendrán, en el supuesto de que sean varios los puestos
solicitados, el orden de preferencia de éstos.
3. E
 l plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del si­
guiente al de la publicación de la correspondiente orden de convocatoria en el Diario Oficial
de Extremadura.
Finalizado el plazo de presentación no se admitirá ninguna solicitud o modificación de las
solicitudes presentadas, que serán vinculantes para los peticionarios.
No obstante, se podrá renunciar a la participación en el concurso hasta el día anterior a
la constitución de la Comisión de Valoración, lo cual se deberá anunciar a dichos efectos,
en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura y en el portal del
empleado público, con al menos 10 días hábiles de antelación.
4. Cada funcionario sólo podrá presentar una solicitud en la que relacione, por orden de
preferencia, los puestos a los que opta de los comprendidos en el anexo correspondiente
y los puestos no singularizados a resultas que queden vacantes como consecuencia de la
adjudicación a sus titulares de alguno de los puestos en la convocatoria correspondiente.
En el supuesto de que un/a funcionario/a pertenezca a más de un Cuerpo o Especialidad
dentro de un mismo Cuerpo podrá presentar una solicitud por cada Cuerpo y/o Especiali­
dad estableciendo la preferencia entre las solicitudes.
5. Cada solicitud deberá ir acompañada de la documentación acreditativa de cada uno de los
requisitos y méritos en la forma que se especifican en la base sexta.
6. El personal funcionario de carrera con alguna discapacidad debidamente acreditada, hará
constar en escrito anexo a la solicitud el tipo de adaptación del puesto que necesitan,
siempre que no suponga una modificación sustancial en el contexto de la organización o
unidad. La comisión de valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal, la
información que estime necesaria en orden a la adaptación aducida, así como el dictamen
de los órganos técnicos de la Administración competente, respecto de la procedencia de la
adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto
o puestos concretos.