Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Concurso De Traslados. (2023050136)
Orden de 19 de mayo de 2023 por la que se aprueban las bases generales aplicables a las convocatorias de provisión de puestos de trabajo vacantes no singularizados de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso permanente y abierto y primera convocatoria.
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NÚMERO 99
Jueves 25 de mayo de 2023
II
32538
AUTORIDADES Y PERSONAL
2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ORDEN de 19 de mayo de 2023 por la que se aprueban las bases generales
aplicables a las convocatorias de provisión de puestos de trabajo vacantes no
singularizados de personal funcionario de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso permanente y
abierto y primera convocatoria. (2023050136)
Con carácter básico, el artículo 78 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
establece los principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo del personal fun
cionario de carrera a los que deben someterse las distintas Administración Públicas, indicando
que éstas “proveerán los puestos de trabajo mediante procedimientos basados en los princi
pios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad”, y que “la provisión de puestos de trabajo
en cada Administración Pública se llevará a cabo por los procedimientos de concurso y de libre
designación con convocatoria pública”.
Prosigue, el artículo 79 del citado texto normativo básico, calificando como procedimiento
normal de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de carrera, al concurso,
el cual consistirá en la valoración de los méritos y capacidades y, en su caso, aptitudes de los
candidatos por órganos colegiados de carácter técnico. Por tanto, se le imprime, por parte del
legislador básico, a este procedimiento el carácter de habitual y general de provisión.
Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura desarrolló los artículos refe
ridos del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por medio de
su título VIII dedicado a la provisión de puestos de trabajo y a la movilidad. En concreto, su
artículo 114 reguló los principios y procedimientos, marcados por la normativa básica estatal
sobre función pública, a los que deben sujetarse los procedimientos para la provisión de los
puestos de trabajo del personal funcionario de carrera de las Administraciones Públicas ex
tremeñas, entre los que se encuentra el procedimiento de concurso. Según el apartado 3 del
mencionado artículo, el desarrollo de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo
previstos en la referida ley se llevará a cabo por medio de Decreto del Consejo de Gobierno
de Extremadura.
Jueves 25 de mayo de 2023
II
32538
AUTORIDADES Y PERSONAL
2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ORDEN de 19 de mayo de 2023 por la que se aprueban las bases generales
aplicables a las convocatorias de provisión de puestos de trabajo vacantes no
singularizados de personal funcionario de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso permanente y
abierto y primera convocatoria. (2023050136)
Con carácter básico, el artículo 78 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
establece los principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo del personal fun
cionario de carrera a los que deben someterse las distintas Administración Públicas, indicando
que éstas “proveerán los puestos de trabajo mediante procedimientos basados en los princi
pios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad”, y que “la provisión de puestos de trabajo
en cada Administración Pública se llevará a cabo por los procedimientos de concurso y de libre
designación con convocatoria pública”.
Prosigue, el artículo 79 del citado texto normativo básico, calificando como procedimiento
normal de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de carrera, al concurso,
el cual consistirá en la valoración de los méritos y capacidades y, en su caso, aptitudes de los
candidatos por órganos colegiados de carácter técnico. Por tanto, se le imprime, por parte del
legislador básico, a este procedimiento el carácter de habitual y general de provisión.
Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura desarrolló los artículos refe
ridos del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por medio de
su título VIII dedicado a la provisión de puestos de trabajo y a la movilidad. En concreto, su
artículo 114 reguló los principios y procedimientos, marcados por la normativa básica estatal
sobre función pública, a los que deben sujetarse los procedimientos para la provisión de los
puestos de trabajo del personal funcionario de carrera de las Administraciones Públicas ex
tremeñas, entre los que se encuentra el procedimiento de concurso. Según el apartado 3 del
mencionado artículo, el desarrollo de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo
previstos en la referida ley se llevará a cabo por medio de Decreto del Consejo de Gobierno
de Extremadura.