Servicio Extremeño Público De Empleo. Economía Social. Subvenciones. (2023061789)
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria, para el ejercicio 2023-2024, de las subvenciones para el fomento del empleo en la economía social al amparo de la Orden de 19 de diciembre de 2022 (DOE núm. 1, de 2 de enero de 2023).
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NÚMERO 98
Miércoles 24 de mayo de 2023



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d) En el caso de sociedades laborales, Certificación Extensa emitida por el Registro
Mercantil de los asientos relativos a la sociedad.



e) Libro de registro de acciones nominativas o Libro de Registro de Socios/as, diligenciado por el Registro que corresponda y actualizado. En el caso de entidades
asociativas, declaración responsable firmada por la representación legal, relativa
a las sociedades cooperativas y laborales asociadas a la misma.



f) Vida laboral de la sociedad o entidad, cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos, relativa a
cada uno de los códigos de cuenta de cotización que posea, correspondiente a los
doce meses anteriores a la fecha de incorporación de la persona socia trabajadora o de la contratación de la persona trabajadora por cuyo puesto de trabajo se
solicita la ayuda. En el supuesto de sociedades o entidades de nueva creación, la
vida o vidas laborales comprenderán el periodo que medie entre la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución ante notario/a, hasta la fecha de efectos
de incorporación de las personas socias o trabajadoras contratadas. En el caso de
que la sociedad no tenga personas socias o trabajadoras por cuenta ajena encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social, se presentará Certificado
expedido por la Tesorería de la Seguridad Social en tal sentido.



g) Las entidades solicitantes deben presentar junto con la solicitud una declaración
referente a todas las demás ayudas de mínimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en que se corresponde con la
fecha de la referida solicitud.



A.2 Documentación general de las personas trabajadoras.



a) Informe de vida laboral de la persona socia trabajadora o contratada indefinida
causante de la subvención, cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.



b) Documento Nacional de Identidad o Tarjeta de Identificación de Extranjero de
la persona socia trabajadora o contratada indefinida causante de la subvención,
cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.

B. Documentación específica del Programa I.
Además de la documentación general a que se refiere la letra A anterior, las solicitantes
de ayuda del Programa I, Creación de empleo estable, deberán presentar la siguiente
documentación, en original o copia simple: