Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061960)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía y la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, en calidad de Beneficiario Asociado, para continuar con el desarrollo de las acciones previstas en el proyecto LIFE Naturaleza y Biodiversidad "Creando una Metapoblación Genética y Demográficamente Funcional de Lince Ibérico (Lynx Pardinus) con código LIFE 19NAT/ES/001055 y Acrónimo: "LYNXCONNECT".
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NÚMERO 98
Miércoles 24 de mayo de 2023

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de aplazamiento de la justificación por un período de tiempo máximo, al de la duración
del presente convenio.
• La realización parcial del total de las acciones recogidas en la memoria conllevará la
devolución de la parte proporcional de la subvención correspondiente a las acciones no
ejecutadas, siendo este el criterio de graduación del posible incumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de las subvenciones, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 37.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Si no se aportase prueba documental y/o contable sólida de gastos y acciones aceptadas en
los términos de este convenio.
Vigesimosegunda. Finalización y extinción.
La Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía y/o
la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura acordarán la terminación anticipada de este convenio si se produce alguna de las circunstancias
contempladas en el artículo II.16 de las Disposiciones Generales del Acuerdo de Subvención
En este supuesto de extinción anticipada del convenio, las partes firmantes se comprometen a
finalizar las acciones en curso, garantizando la ejecución del proyecto hasta que la Consejería
de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, como Coordinador responsable del citado
proyecto, resuelva sobre el particular.
No obstante, este convenio de colaboración se extinguirá por resolución o por cumplimiento
del mismo, sin perjuicio en su caso del eventual nacimiento del deber de reintegro. Serán
causas de resolución:
• La extinción de la personalidad jurídica de alguna de las partes.
• El mutuo acuerdo.
• La demora o incumplimiento de alguna de las obligaciones esenciales o de las cláusulas
previstas en el mismo.
• La imposibilidad material o jurídica de desarrollar su objeto en los términos pactados.
• La suspensión definitiva del proyecto acordado de conformidad entre las partes.
• Y supletoriamente, cualquier otra prevista en la legislación vigente.