Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061960)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía y la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, en calidad de Beneficiario Asociado, para continuar con el desarrollo de las acciones previstas en el proyecto LIFE Naturaleza y Biodiversidad "Creando una Metapoblación Genética y Demográficamente Funcional de Lince Ibérico (Lynx Pardinus) con código LIFE 19NAT/ES/001055 y Acrónimo: "LYNXCONNECT".
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NÚMERO 98
Miércoles 24 de mayo de 2023

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ostente la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de la Junta de Extremadura.
Serán funciones de esta Comisión Mixta de Seguimiento dirimir y resolver las discrepancias
que pudieran plantearse en la interpretación y aplicación de las cláusulas de este convenio,
así como el seguimiento del grado de cumplimiento del mismo.
Vigésima.Duración.
La duración de este convenio se fija en cuatro años desde la fecha de la firma desde el momento en que la última de las partes firme el mismo. No obstante, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del
Sector Público, si durante la normal ejecución de los trabajos se produjeran situaciones sobrevenidas que imposibilitaran o dificultaran el cumplimiento de los plazos establecidos, las
partes podrán acordar de mutuo acuerdo en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento, y
siempre de forma expresa, la ampliación de plazo establecido prorrogable un periodo máximo
de cuatro años, sin que, en ningún caso, pueda llevar aparejada la modificación del objeto del
documento ni de su presupuesto, mediante la firma de una adenda al mismo, firmada por los
representantes legales de las partes. Dicha prórroga se deberá suscribir, con una antelación
mínima de un mes antes de la finalización del plazo de vigencia del convenio.
En todo caso, cualquier modificación al convenio, incluida la prorroga prevista en el párrafo
precedente, se instrumentara mediante la oportuna adenda al mismo que deberán suscribir
las partes siempre dentro del plazo de vigencia del convenio.
Vigesimoprimera. Causas de reintegro.
De conformidad con el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás normativa de aplicación, la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul de la Junta de Andalucía se reserva la facultad de dejar sin efecto la subvención concedida, así como exigir el reintegro del importe de la misma, en los siguientes casos:
• Si el perceptor destinase las cantidades recibidas a una finalidad distinta de la que determinó su concesión,
• Si incumpliese las condiciones impuestas tanto en este convenio como en las disposiciones legales aplicables,
• Y de modo muy particular, por falta de presentación dentro de los plazos exigidos de los
documentos de justificación de gastos de la subvención concedida, sin la previa solicitud