Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061983)
Resolución de 17 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Rehabilitación de vivienda para restaurante y hotel rural", cuya promotora es El Carmen de los Cuellar, SL, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA22/1156.
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NÚMERO 98
Miércoles 24 de mayo de 2023

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— Se informará a todo el personal implicado en la ejecución de este proyecto del contenido
del presente informe de impacto ambiental, de manera que se pongan en su conocimiento las medidas que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos. Asimismo,
se dispondrá de una copia del presente informe en el lugar donde se desarrollen los
trabajos.
— Cualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie
sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter
nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.
— No se realizará ningún tipo de obra auxiliar sin contar con su correspondiente informe,
según la legislación vigente.
— Se estará a lo dispuesto en la normativa en materia de incendios forestales vigente.
— Se deberá disponer de medidas de autoprotección o autodefensa, en base al artículo 11.
Medidas de Autoprotección o Autodefensa frente a incendios forestales de la Orden de
9 de octubre de 2020 (DOE de 14 de octubre), por la que se establecen las Medidas de
Autodefensa que tienen como objeto la ejecución de medidas preventivas sobre lugares
vulnerables o susceptibles no sujetos a Memoria Técnica, sin perjuicio de su normativa
sectorial de aplicación.
— Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie
incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001;
DOE n.º 30, de 13 de marzo) que pudiera verse afectada por las mismas, se paralizará
inmediatamente la actividad y se estará a lo dispuesto por el personal de la Dirección
General de Sostenibilidad, Agentes del Medio Natural, y/o técnicos del Servicio Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, previa comunicación de tal circunstancia.
— Las afecciones sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, carreteras, caminos
públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes u otras afecciones, deberán
contar con las autorizaciones y permisos de ocupación pertinentes, en base al cumplimiento de la normativa sectorial vigente en dichas materias.
— Puesto que la parcela de actuación es colindante con la Cañada Real de Sancha Brava,
se deberán obtener los permisos para acceso a predio colindante desde la vía pecuaria
con arreglo a lo establecido en el Decreto 65/2022, que regula las ocupaciones temporales y las autorizaciones en vías pecuarias.
— Se deberá mantener las infraestructuras y servidumbres de riego afectadas, concretamente la acequia que linda con la vía pecuaria.