Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Residencias Universitarias. (2023050134)
Orden de 16 de mayo de 2023 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2023/2024.
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NÚMERO 98
Miércoles 24 de mayo de 2023

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4. E
 l cupo de reserva de plazas se distribuirá en las siguientes categorías:
4.1. Para el alumnado que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al
33%, debidamente certificado por el organismo correspondiente, y que posea autonomía personal.
4.2. P
 ara el alumnado que acredite la condición de víctima de violencia de género.
4.3. Para deportistas residentes en Extremadura de Alto Nivel, Alto Rendimiento o que
sean Promesas Olímpicas o Paralímpicas, acreditada esta condición por el órgano
competente.
4.4. Para el alumnado en situación de vulnerabilidad social, acreditada mediante informe
motivado del órgano competente.
Si las plazas reservadas para los colectivos antes reseñados, quedasen vacantes una vez
fina­lizado el proceso de admisión, se incorporarán al cupo general establecido para el
alumnado universitario de la residencia a que corresponda.
5. Para programas universitarios de movilidad y similares de estudiantes, la concesión de
plaza quedará supeditada a la existencia de vacantes una vez finalizado en su totalidad el
proceso de adjudicación. La cobertura de estas plazas se tramitará a través del Servicio de
Relaciones Internacionales de la Universidad de Extremadura.
6. Las plazas asignadas para el alumnado de Ciclos Formativos de Grado Superior y Cursos
de Especialización de Formación Profesional, y de Enseñanzas en Régimen Especial en caso
de quedar vacantes una vez fina­lizado el proceso de admisión, se acumularán al cupo destinado al alumnado universitario. Si finalizado el proceso de admisión hubiera vacantes en
el cupo establecido para alumnado universitario y, asimismo, existiera demanda de plazas
por parte de alumna­do de los Ciclos Formativos de Grado Superior y Cursos de Especialización de Formación Profesional, y de Enseñanzas de Régimen Especial reseñados, podrá
incrementarse este cupo.
Artículo 3. Régimen de plazas para profesorado desplazado o visitante.
Al margen del cupo general y destinado al profesorado desplazado o visitante de programas
universitarios de movilidad y similares de la Universidad de Extremadura, se dispondrá de 1
plaza en la Residencia “Juan XXIII”, 2 plazas en la Residencia “Diego Muñoz Torrero”, 3 plazas
en la Residencia “Mario Roso de Luna” y 2 plazas en la Residencia del “Complejo Educativo de
Plasencia”. La petición para la cobertura de estas plazas se tramitará a través del Vicerrectorado correspondiente de la Universidad de Extremadura.