Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061961)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y la Sociedad Extremeña de Educación Matemática "Ventura Reyes Prósper" para la organización y desarrollo de la XXXI edición del programa educativo "Olimpiada Matemática Junior" y la II edición del programa educativo "Olimpiada Matemática Alevín", en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 97
31866
Martes 23 de mayo de 2023
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y LA
SOCIEDAD EXTREMEÑA DE EDUCACIÓN MATEMÁTICA “VENTURA REYES
PRÓSPER” PARA LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LA XXXI EDICIÓN
DEL PROGRAMA EDUCATIVO “OLIMPIADA MATEMÁTICA JUNIOR” Y LA II
EDICIÓN DEL PROGRAMA EDUCATIVO “OLIMPIADA MATEMÁTICA ALEVÍN”, EN
LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
Mérida, 25 de abril de 2023.
INTERVIENEN:
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Amaya Flores, Secretario General de Educación
de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue
nombrado por Decreto del Presidente 30/2020, de 2 de julio (DOE núm. 128, de 3 de julio),
en el ejercicio de las competencias delegadas por Resolución de 13 de noviembre de 2019, de
la Secretaría General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma
(DOE núm. 223, de 19 de noviembre).
Y de otra parte, D. José Pedro Martín Lorenzo, con DNI ***6796**, Presidente de la Sociedad
Extremeña de Educación Matemática “Ventura Reyes Prósper”, con NIF n.º G06134522, que
fue elegido para el cargo en la asamblea de la citada sociedad celebrada con fecha 8 de marzo
de 2019.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN:
1. Q
ue el artículo 10.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura
establece que “Corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia de
desarrollo legislativo y ejecución de la educación y enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control
de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las
actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
2. Q
ue la Sociedad Extremeña de Educación Matemática “Ventura Reyes Prósper” tiene entre
sus fines la promoción, fomento y difusión de las Matemáticas. Así como colaborar con la
Junta de Extremadura o con cualquier otra Administración y organismo público en el ejercicio de sus competencias, en los términos previstos en las leyes.
3. Q
ue, desde el año 1997, fecha en que suscribieron el primer convenio, la Consejería de
Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Sociedad Extremeña de Educación
31866
Martes 23 de mayo de 2023
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y LA
SOCIEDAD EXTREMEÑA DE EDUCACIÓN MATEMÁTICA “VENTURA REYES
PRÓSPER” PARA LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LA XXXI EDICIÓN
DEL PROGRAMA EDUCATIVO “OLIMPIADA MATEMÁTICA JUNIOR” Y LA II
EDICIÓN DEL PROGRAMA EDUCATIVO “OLIMPIADA MATEMÁTICA ALEVÍN”, EN
LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
Mérida, 25 de abril de 2023.
INTERVIENEN:
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Amaya Flores, Secretario General de Educación
de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue
nombrado por Decreto del Presidente 30/2020, de 2 de julio (DOE núm. 128, de 3 de julio),
en el ejercicio de las competencias delegadas por Resolución de 13 de noviembre de 2019, de
la Secretaría General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma
(DOE núm. 223, de 19 de noviembre).
Y de otra parte, D. José Pedro Martín Lorenzo, con DNI ***6796**, Presidente de la Sociedad
Extremeña de Educación Matemática “Ventura Reyes Prósper”, con NIF n.º G06134522, que
fue elegido para el cargo en la asamblea de la citada sociedad celebrada con fecha 8 de marzo
de 2019.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN:
1. Q
ue el artículo 10.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura
establece que “Corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia de
desarrollo legislativo y ejecución de la educación y enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control
de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las
actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
2. Q
ue la Sociedad Extremeña de Educación Matemática “Ventura Reyes Prósper” tiene entre
sus fines la promoción, fomento y difusión de las Matemáticas. Así como colaborar con la
Junta de Extremadura o con cualquier otra Administración y organismo público en el ejercicio de sus competencias, en los términos previstos en las leyes.
3. Q
ue, desde el año 1997, fecha en que suscribieron el primer convenio, la Consejería de
Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Sociedad Extremeña de Educación