Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Organizaciones Sindicales. Subvenciones. (2023061942)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Secretaría General, sobre concesión de subvenciones para el año 2023 a las organizaciones sindicales con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura carentes de la condición de más representativas.
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NÚMERO 97

31864

Martes 23 de mayo de 2023

Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o
privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, sin perjuicio de
que su cuantía acumulada en ningún caso podrá superar el coste de actividad a desarrollar
por la beneficiaria, debiéndose reintegrar el exceso obtenido conforme a la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En este sentido y
conforme al artículo 16 de la Orden de 15 de mayo de 2020 que establece las bases reguladoras de estas ayudas, los solicitantes deberán comunicar en el momento de presentación de la
solicitud y, posteriormente, hasta la concesión de estas subvenciones reguladas en la citada
Orden, todas las subvenciones concedidas para el mismo concepto subvencionable.
El pago de la subvención se realizará de una sola vez y con el límite máximo de los gastos
subvencionables justificados conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Orden de
15 de mayo de 2020; por tanto, los importes concedidos podrán ser objeto de minoración en
función de la justificación presentada conforme a lo establecido en el artículo 14 de la citada
Orden.
Segundo. La denegación de las subvenciones solicitadas al amparo de la Resolución de 28 de
febrero de 2023 por la que se convocan estas ayudas para 2023 pues no cumplen los requisitos exigidos para la concesión de la ayuda por los siguientes motivos:

Contra la presente Resolución de concesión, que no agota la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga
lugar la notificación de la citada Resolución, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 18 de mayo de 2023.
La Secretaria General de Hacienda y
Administración Pública,
MARÍA ASCENSIÓN MURILLO
MURILLO