Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061911)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Cambio de uso forestal a cultivos agrícolas", cuya promotora es D.ª M.ª Carmen Orellana Montes, en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz). Expte.: IA22/1251.
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NÚMERO 97
Martes 23 de mayo de 2023
32067
RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Cambio
de uso forestal a cultivos agrícolas", cuya promotora es D.ª M.ª Carmen
Orellana Montes, en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz).
Expte.: IA22/1251. (2023061911)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Cambio de uso forestal a cultivos agrícolas”, a ejecutar en la parcela 4 del
polígono 28 del término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz), se encuentra en el ámbito
de la evaluación de impacto ambiental simplificada por estar incluido en el anexo V de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, concretamente en su grupo 1, apartado e) “Proyectos para destinar áreas naturales,
seminaturales o incultas a la explotación agrícola que no estén incluidos en el anexo IV, cuya
superficie sea superior a 10 ha”.
La promotora del proyecto es D.ª M.ª Carmen Orellana Montes.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto, es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por otra parte, a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, le corresponde autorizar el cambio de uso de suelo forestal a cultivos agrícolas en base al Decreto
57/2018 que los regula en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto.
La zona de actuación donde se pretende realizar el presente proyecto, situada en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz), se encuentra actualmente de barbecho y de
cultivos de cereales de invierno. Se pretende realizar la presente plantación para poder
Martes 23 de mayo de 2023
32067
RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Cambio
de uso forestal a cultivos agrícolas", cuya promotora es D.ª M.ª Carmen
Orellana Montes, en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz).
Expte.: IA22/1251. (2023061911)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Cambio de uso forestal a cultivos agrícolas”, a ejecutar en la parcela 4 del
polígono 28 del término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz), se encuentra en el ámbito
de la evaluación de impacto ambiental simplificada por estar incluido en el anexo V de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, concretamente en su grupo 1, apartado e) “Proyectos para destinar áreas naturales,
seminaturales o incultas a la explotación agrícola que no estén incluidos en el anexo IV, cuya
superficie sea superior a 10 ha”.
La promotora del proyecto es D.ª M.ª Carmen Orellana Montes.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto, es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por otra parte, a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, le corresponde autorizar el cambio de uso de suelo forestal a cultivos agrícolas en base al Decreto
57/2018 que los regula en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto.
La zona de actuación donde se pretende realizar el presente proyecto, situada en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz), se encuentra actualmente de barbecho y de
cultivos de cereales de invierno. Se pretende realizar la presente plantación para poder